Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Devolución o compensación de saldos a favor en la declaración de IVA 


Actualizado: 19 julio, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara Madrid

¿Quiénes pueden solicitar la devolución o compensación de saldos a favor formados en las declaraciones de IVA? 

Los saldos a favor son excedentes en las declaraciones de renta o IVA a favor de los contribuyentes o responsables, los cuales pueden ser recuperados a través de la solicitud de devolución o compensación.

El proceso de solicitud de devolución o compensación de saldos a favor se lleva a cabo a través de los servicios informáticos dispuestos por la Dian.

Quienes pueden solicitar la devolución de los saldos a favor en la declaración de IVA son los responsables de los bienes y servicios señalados en los artículos 468-1, 468-3, 477 y 481 del Estatuto Tributario –ET–, y lo pueden realizar a través del servicio informático de la plataforma Muisca con la firma electrónica.

En el siguiente video el conferencista Diego Guevara Madrid menciona los diferentes casos en los que se puede originar un saldo a favor, y explica cuáles son los contribuyentes descritos en el artículo 850 del ET y los requisitos de los artículos 1.6.121.1 al 1.6.1.21.27 del del DUT 1625 de 2016.

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