La Dian había decretado la contingencia el 12 de agosto. Contribuyentes con obligaciones con plazo entre el 12 y el 16 de agosto, podrán presentarlas hasta el 20 de agosto sin sanción ni intereses.
La Dian informó que, según la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, hay estabilidad y correcto funcionamiento en los servicios que permiten el diligenciamiento y presentación de las declaraciones tributarias y pago de impuestos.
Por lo tanto, hoy 16 de agosto del 2024 se levanta la contingencia de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario y que fue decretada el pasado 12 de agosto.
Esto significa que los contribuyentes con obligaciones tributarias cuyo plazo estaba definido entre el 12 y el 16 de agosto, podrán presentar sus declaraciones y realizar el pago hasta el 20 de agosto sin ningún tipo de sanción ni intereses.
Los demás contribuyentes, con fechas de vencimiento posteriores al 16 de agosto, deberán presentar sus declaraciones de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario tributario.
La Dian seguirá monitoreando y prestando servicio en todos sus canales de atención, incluyendo los días sábado, domingo y lunes festivo, para asistir a los ciudadanos en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Agradecemos la comprensión de los contribuyentes frente a esta situación y su compromiso para cumplirle al país.
Fuente: Dian.
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