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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dian publica proyecto para prescribir el formulario 220 por el año gravable 2023 y siguientes


Dian publica proyecto para prescribir el formulario 220 por el año gravable 2023 y siguientes

La Dian publicó un proyecto de decreto donde prescribe el formulario 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones”.

La Dian publicó un proyecto de resolución, a través del cual prescribe el Formulario 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y Pensiones» por el año gravable 2023 y siguientes.

«El Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones” – Año Gravable 2023 y siguientes a que se refiere este artículo podrá ser producido por las diferentes casas impresoras o diseñado por los empleadores o contratantes de servicios personales para ser expedido por computador, siempre y cuando se conserve la distribución y el contenido de la información exigida», indica el proyecto.

El artículo 378 del ET establece que los agentes de retención en la fuente deberán expedir anualmente a los asalariados, un Certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente al año gravable inmediatamente anterior, según el formato que prescriba la Dirección General de Impuestos Nacionales (hoy Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN).

Por su parte, el artículo 378-1 del ET establece que toda persona jurídica o entidad empleadora o contratante de servicios personales, deberá expedir un certificado de iniciación o terminación de cada una de las relaciones laborales o legales y reglamentarias, y/o de prestación de servicios que se inicien o terminen en el respectivo periodo gravable.

Para discriminar los tratamientos tributarios en materia de auxilios de cesantías, pagos a terceros por alimentación del empleado, apoyos económicos educativos, entre otros, es necesario crear en el formulario y su instructivo las casillas 38, 51, 58 y 59.

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