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Quienes expidan tiquetes de máquina registradora con sistema POS y demás documentos equivalentes a factura tradicional en papel, tendrán que implementarlos electrónicamente.
La Dian ha recordado que, de forma paulatina, durante este año quienes expidan tiquetes de máquina registradora con sistema POS y otros equivalentes a factura de venta, tendrán que implementarlos electrónicamente.
Por lo anterior, la entidad amplió, a través de la Resolución 008 del 31 de enero de 2024, los plazos establecidos para la generación y transmisión de forma electrónica de dichos documentos, que tenían un vencimiento ya establecido por la Resolución 165 de 2023.
Hay que recordar que para el nuevo POS electrónico no aplicará el límite de 5 UTV para su expedición, ya que ahora puede emitirse por cualquiera que sea el valor de la compra.
Además, siempre que este documento electrónico identifique al comprador de bienes o servicios con su nombre o razón social y número de cédula o NIT, le servirán para soportar los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el impuesto de renta y complementarios.
El 1 de mayo vence el plazo para la generación del nuevo POS electrónico para el primer grupo de implementación, que son los grandes contribuyentes que sean facturadores electrónicos y expidan tiquetes de máquina registradora con sistema POS como soporte de las operaciones de venta.
Los siguientes vencimientos son:
Finalmente, entre el 1 de agosto y el 1 de noviembre los 11 documentos que la Dian contempla como equivalentes de la factura tendrán que pasar a sus versiones electrónicas.
Fuente: Dian.
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