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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿El reconocimiento de la pensión de invalidez finaliza el contrato de trabajo?


trabajador con pensión de invalidez
Actualizado: 1 noviembre, 2023 (hace 1 año)

La pensión de invalidez es una prestación económica que tiene como propósito garantizar un ingreso mínimo vital para aquellas personas que presentan una situación de pérdida considerable de su capacidad laboral.

Aquí te contamos si su reconocimiento es causal de terminación del contrato de trabajo.

Cuando una persona experimenta una pérdida significativa de su capacidad laboral, debido a una enfermedad o un accidente, el sistema de seguridad social en Colombia está diseñado para proporcionar un apoyo con el fin de mitigar los efectos adversos de esta situación. En este contexto, la pensión de invalidez tiene como objetivo cubrir el riesgo de invalidez de una persona.

¿Qué es la pensión de invalidez?

La pensión de invalidez es una prestación que opera como un mecanismo de compensación económica a favor de las personas que no pueden acceder a otra fuente de ingresos, luego de haber sufrido una perdida significativa de su capacidad laboral.

Esta prestación no solo está contemplada en el sistema general de pensiones, sino también en el sistema general de riesgos laborales –SGRL–. En ambos sistemas se establece que una persona se considera inválida cuando ha perdido el 50 % o más de su capacidad laboral y el reconocimiento de la prestación está sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 39 de la Ley 100 de 1993 (en caso de contingencia común) o en la Ley 776 de 2002 (cuando se trate de evento laboral).

Terminación del contrato de trabajo por el reconocimiento de la pensión de invalidez

Cuando el fondo de pensiones o la ARL reconoce a un trabajador la pensión de invalidez, la ley prevé que esta circunstancia es justa causa para la terminación unilateral del contrato de trabajo por parte del empleador.

Según lo dispuesto en el artículo 62 (parte “A”, numeral 14) del Código Sustantivo del Trabajo, el reconocimiento de las pensiones de invalidez y de vejez son justas causas para dar por terminado el contrato de trabajo:

Artículo 62. Terminación del contrato por justa causa. Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo:

(…)

  1. El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa.

En el caso de la pensión de invalidez, la terminación del contrato de trabajo no se justifica como una sanción al trabajador, ya que este no ha cometido ninguna falta grave ni ha incumplido con sus obligaciones especiales. En cambio, esta terminación se justifica porque el reconocimiento de la pensión de invalidez sirve como un mecanismo de compensación económica que sustituye el salario del trabajador que ha perdido de manera significativa su capacidad laboral.

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En el siguiente video, la abogada Angie Vargas explica este tema con mayor detalle:

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