El Ministerio del Trabajo hace un llamado a los empleadores colombianos para que asuman la obligación de cubrir el costo de los exámenes ocupacionales.
Desde el Ministerio del Trabajo, se hace un llamado a todos los empleadores colombianos para que asuman la obligación de cubrir el costo de los exámenes ocupacionales, pruebas o valoraciones complementarias de sus trabajadores dependientes, según fue reiterado a través de la circular 0015 del 11 de marzo de 2022.
El Ministerio de Trabajo recuerda que, en ningún caso las evaluaciones médicas ocupacionales pueden ser cobradas o solicitadas a los trabajadores dependientes.
⚠️Empleadores deben cubrir costos de los exámenes ocupacionales de los trabajadores dependientes⚠️
Carlos Ayala, coordinador del Grupo de Medicina Laboral del #MinTrabajo, explica los tipos de exámenes ocupacionales y específica que el costo debe ser asumido por el empleador. pic.twitter.com/4whcLbRRlG
— MinTrabajo (@MintrabajoCol) April 6, 2022
Carlos Ayala, coordinador de Medicina Laboral del Ministerio del Trabajo, manifestó que “En ningún caso las evaluaciones médicas ocupacionales pueden ser cobradas o solicitadas a los trabajadores dependientes. Es responsabilidad de los empleadores colombianos velar porque estas pruebas sean realizadas por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional con licencia, como lo indica la ley”.
Cabe recordar que, los exámenes médicos ocupacionales permiten evaluar a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo en el ámbito laboral.
Por lo cual, el Ministerio del Trabajo como autoridad de policía para la vigilancia y control de las normas laborales, se podrán imponer multas de uno a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes a quienes desacaten lo estipulado.
Por lo que, los trabajadores que deseen informar sobre violación a la norma podrán contactarse a través del correo electrónico solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co, indicando el nombre del empleador y la ciudad en la que se dieron los hechos. Asimismo, es posible presentar la querella por medio de www.mintrabajo.gov.co, en el menú Atención al Ciudadano, opción Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias (PQRSD).
De igual manera, podrán dirigirse de manera presencial a cualquiera de las Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales de la cartera laboral en las distintas regiones del país.
Fuente: Ministerio del Trabajo.