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En concepto, el CTCP indica en qué situaciones se debe reconocer la prima en colocación de acciones


Actualizado: 25 noviembre, 2024 (hace 4 horas)

CTCP recuerda que, la prima en colocación de acciones es la diferencia positiva entre el valor nominal y el valor pagado por cada uno de los instrumentos de patrimonio propios. No constituye capital ni un pasivo.

El CTCP, en su Concepto 351 de 2024, despeja una inquietud relacionada con la contabilización de la prima en colocación de acciones e instrumentos de patrimonio.

Esta es la consulta…

“(…) Para el efecto se debe considerar que la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá requiere orientación técnica sobre el tratamiento contable que pueden tener las operaciones referidas en el marco de las Normas de Información Financiera para Grandes Empresas, NIIF Plenas.

Considerando lo anterior, y de acuerdo con las competencias a cargo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública como organismo de normalización técnica de normas contables, información financiera y de aseguramiento de información de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1314 de 2009, se le solicita respetuosamente, atender la petición de la Secretaria de Salud Distrital de Salud, en relación con lo siguiente:

1. ¿En qué situaciones se debe reconocer la prima en colocación de acciones?

2. ¿Cuáles son las condiciones o requisitos que se deben cumplir para que un préstamo subordinado pueda recibir el tratamiento de un instrumento de patrimonio de acuerdo con la NIC 32? (…)”

El CTCP recuerda que, la prima en colocación de acciones, o prima de emisión, se entiende como la diferencia positiva entre el valor nominal y el valor pagado por cada uno de los instrumentos de patrimonio propios. Esta prima no constituye capital ni un pasivo, y su reconocimiento contable debe realizarse en un rubro separado dentro del patrimonio.

Respecto a préstamos subordinados, la NIC 32 (párrafos 16, 16A, 16B y 16C) establece que un instrumento se clasifica como patrimonio solo si no conlleva una obligación contractual de entrega de efectivo u otros activos y, en caso de liquidarse, puede hacerse mediante la entrega de instrumentos de patrimonio propio de la entidad en términos fijos.

La prima en colocación de acciones se reconoce cuando una entidad emite acciones a un precio superior a su valor nominal. Este exceso, conocido como prima en colocación de acciones o prima de emisión, se contabiliza como un aporte adicional de los accionistas y no como un ingreso.

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En Colombia, la prima en colocación de acciones se reconoce y presenta en un rubro separado del capital social en el patrimonio, tal como lo permite la NIC 1 – Presentación de Estados Financieros, contenida en el Anexo 1 del DUR 2420.

Es importante precisar que la prima en colocación de acciones se genera después de la constitución de la entidad, cuando se emiten acciones a un valor superior al nominal.

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