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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Requisitos de la estabilidad laboral reforzada por embarazo


trabajadora con estabilidad laboral reforzada por embarazo
Actualizado: 26 julio, 2023 (hace 1 año)

La estabilidad laboral reforzada es una protección otorgada a los trabajadores en situación de vulnerabilidad. Esta implica que no pueden ser despedidos debido a su condición.

A continuación, te contamos en qué consiste y cómo se aplica la estabilidad laboral reforzada por embarazo.

La estabilidad laboral reforzada es una protección especial otorgada a trabajadores que se encuentran en una situación de vulnerabilidad comprobada, con el fin de garantizar que no sean discriminados o despedidos injustamente. Esta protección implica que el empleador no puede despedir al trabajador en razón de su condición de debilidad manifiesta.

La Corte Constitucional, en la Sentencia T-320 de 2016, recordó que el derecho a la estabilidad laboral reforzada consiste en:

  • El derecho del trabajador a conservar el empleo.
  • La prohibición al empleador de despedir al trabajador que se encuentre en situación de vulnerabilidad comprobada.
  • El derecho del trabajador de permanecer en el empleo hasta que se requiera, siempre y cuando no se configure una causal objetiva de desvinculación.
  • Que la autoridad laboral competente autorice el despido, previa verificación de la causal objetiva no relacionada con la situación de vulnerabilidad del trabajador.

Estabilidad laboral reforzada por embarazo

El artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece que ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de su estado de embarazo o por encontrarse en período de lactancia sin la autorización previa del Ministerio del Trabajo que avale una justa causa.

Así mismo, la norma señala expresamente la presunción del despido efectuado por motivo de embarazo o lactancia, cuando este ha tenido lugar dentro del período del embarazo y/o dentro de las dieciocho (18) semanas posteriores al parto.

Las trabajadoras que se encuentren en embarazo o lactancia y sean despedidas sin autorización de la autoridad laboral, tendrán derecho al pago adicional de una indemnización equivalente a sesenta (60) días de trabajo. Dicha indemnización aplica en el caso del despido del trabajador cuya cónyuge o compañera permanente se encuentre en estado de embarazo, o dentro de las 18 semanas posteriores al parto, si ella no tiene un empleo formal.

Requisitos para la estabilidad laboral reforzada por embarazo

La Corte Constitucional, en la Sentencia SU-075 de 2018, recordó que la protección reforzada a la maternidad procede cuando se demuestre:

  • La existencia de una relación laboral o de prestación.
  • El estado de embarazo de la mujer o que se encuentre en los tres meses siguientes al parto, durante la vigencia de dicha relación laboral o de prestación.
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En cualquier caso, el alcance de la protección depende de dos factores:

  1. El conocimiento del embarazo por parte del empleador.
  2. La modalidad laboral mediante la cual se encontraba vinculada la mujer embarazada.

En el siguiente video, la Dra. Angie Vargas, consultora experta en derecho laboral, explica en qué consiste la estabilidad laboral reforzada por embarazo:

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