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Firmeza de las declaraciones de renta que liquiden o compensen pérdidas fiscales anteriores


¿Cuál es la firmeza de las declaraciones de renta en las que se liquiden pérdidas fiscales o se compensen pérdidas fiscales de años anteriores?

La firmeza de las declaraciones de renta que liquiden o compensen pérdidas fiscales anteriores está regulada por el artículo 117 de la Ley 2010 del 2019, el cual establece un término de firmeza de 5 años, contados desde el vencimiento del plazo para declarar o desde la presentación extemporánea de la declaración.

Aspectos destacados

  • El término de firmeza para declaraciones de renta con pérdidas fiscales es de 5 años desde el vencimiento del plazo para declarar o desde la presentación extemporánea.
  • La norma posterior prevalece sobre la anterior en términos de firmeza de declaraciones con pérdidas fiscales, incluyendo aquellas bajo el régimen de precios de transferencia.
  • Incrementar el impuesto neto de renta permite obtener el beneficio de auditoría en declaraciones con pérdidas, evitando el término de firmeza de 5 años.
  • Las declaraciones con pérdidas y beneficio de auditoría están sujetas a una regla especial de fiscalización por parte de la administración tributaria.
  • La administración tributaria puede fiscalizar declaraciones con pérdidas fiscales incluso después del periodo de firmeza para determinar su procedencia y compensación en años siguientes.
  • La Ley 2010 del 2019 establece el término de firmeza para las declaraciones de renta con pérdidas, considerando la normativa posterior como prioritaria.
  • Obtener el beneficio de auditoría puede ser una estrategia para evitar el término de firmeza en declaraciones con pérdidas fiscales y estar sujetas a una fiscalización especial.
  • La administración tributaria tiene la facultad de fiscalizar declaraciones con pérdidas fiscales incluso después del periodo de firmeza para verificar su procedencia y compensación en años posteriores.

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Procedimiento tributario: saldos a favor, compensación y firmeza de las declaraciones tributarias” realizado el 29 de febrero de 2024.

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