La declaración del impuesto sobre productos plásticos de un solo uso se deberá hacer con el formulario 330, el cual ya está en el portal transaccional de la Dian.
El 23 de febrero vence el plazo para la presentación y pago del Impuesto a los plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.
Esta fecha aplica para todos los obligados a hacerlo, independientemente del NIT que tengan.
Los productores e importadores de estos bienes deben presentar una declaración por las operaciones llevadas a cabo durante la fracción del año gravable 2022 en la que entró en vigor el impuesto y otra por el año gravable 2023.
Esta declaración se deberá hacer con el Formulario 330, el cual ya está disponible en el portal transaccional de la Dian.
La fracción del año gravable 2022 hace referencia a los días contados a partir de la vigencia de la Ley 2277 de 2022, es decir, del 13 al 31 de diciembre de 2022.
La Dian ha llamado la atención de los productores e importadores de productos plásticos de un solo uso que hayan presentado una sola declaración consolidada con la información de los dos años gravables.
De ser así, es necesario que hagan la corrección y presenten cada una de las dos declaraciones por separado antes del 23 de febrero, y así evitar posibles sanciones.
Fuente: Dian.
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