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Actualizado: 6 junio, 2024 (hace 6 meses)

En esta matriz se resuelven 9 preguntas importantes sobre la cedulación del impuesto de renta de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes, siguiendo las instrucciones del formulario 210 AG 2023 y los múltiples cambios introducidos con la Ley 2277 de 2022.

Elaborada por Diego Guevara Madrid.

Te presentamos una completa herramienta diseñada en Word que contiene las características básicas de la depuración a realizar dentro de cada una de las 3 cédulas que componen la renta ordinaria del año gravable 2023 de las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas residentes (colombianas o extranjeras, obligadas o no a llevar contabilidad, o que la llevan en forma voluntaria) que se quedaron en el régimen ordinario (es decir, que no se trasladaron al régimen simple).

Características básicas de la cedulación de personas naturales residentes AG 2023

Esta guía fue diseñada de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 55, 56, 126-1, 126-4, 147, 189, 206, 241, 329 a 343, 383, 387 y 388 del ET, reglamentados con los decretos 2250 de diciembre 29 de 2017, 1435 de noviembre 5 de 2020, 1457 de noviembre 12 de 2020, 1103 de julio 4 de 2023 y 2231 de diciembre 22 de 2023), y tomando en cuenta las instrucciones de la Dian para el formulario 210 del año gravable 2023 prescrito con la Resolución 000044 de marzo 14  de 2024.

Aquí resolveremos 9 preguntas importantes sobre este complejo tema:

  1. ¿Qué tipo de ingresos brutos se deben incluir en cada cédula (o subcédula)?
  2. ¿Qué tipos de ingresos no gravados se pueden llegar a restar dentro de cada cédula (o subcédula)?
  3. ¿Qué tipos de costos y gastos se pueden imputar en cada cédula (o subcédula)?
  4. ¿Cuáles “rentas exentas” y “deducciones” especiales fiscales se pueden restar en cada cédula?
  5. ¿Qué sucede si luego de restar los “ingresos no gravados”, los “costos y gastos” y las “rentas exentas y deducciones”, la cédula arroja una pérdida neta?
  6. Si luego de hacer la depuración la cédula arroja una “utilidad”, ¿puede seguidamente hacerse una compensación con pérdidas fiscales de los años 2018 y anteriores? ¿Cómo se puede compensar una pérdida obtenida en los años 2019 y siguientes?
  7. Si luego de hacer la depuración la cédula arroja una “utilidad”, ¿puede seguidamente hacerse una compensación con excesos de renta presuntiva sobre renta ordinaria de los años 2020 y anteriores?
  8. Luego de obtener la renta líquida ordinaria de la cédula general (afectada incluso con las compensaciones antes comentadas en las preguntas 6 y 7), ¿cómo se calculará la renta presuntiva?
  9. ¿Qué tablas y/o tarifas especiales se usarán para liquidar el impuesto básico de renta?

Para acceder a ejercicios prácticos con el tema de la cedulación, pueden utilizarse los archivos en Excel (totalmente editables, sin macros ni restricciones) que se identifican en nuestro portal con los nombres “Formulario 210 con anexos AG 2023 para no obligados a llevar contabilidad” y “Formulario 210 y formato 2517 con anexos AG 2023 para obligados a llevar contabilidad”.

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personas naturales

Para considerar…
Este cuadro sinóptico hace parte del libro virtual Guía para la preparación y presentación de la declaración de renta y del régimen simple año gravable 2023 de personas naturales con sus formatos 2516 y 2517, elaborado por nuestro líder de investigación tributaria Diego Hernán Guevara Madrid, que estará incluido como parte de la compra de su nuevo producto multimedia sobre este tema (disponible en junio de 2024). Además, podrás acceder a 8 horas de conferencia en línea, múltiples archivos en Excel descargables y totalmente editables sobre los formularios 110, 210 y 260 junto con los formatos 2516 y 2517, más la posibilidad de enviar preguntas que serán resueltas en un consultorio especial virtual exclusivo que se hará a finales de junio de 2024. Dicho producto multimedia estará incluido en los servicios de los suscriptores Oro y Platino del portal Actualícese. No obstante, quienes no sean suscriptores y tampoco deseen serlo podrán acceder a dicho material por solo 125.000 pesos.

Te invitamos a conocer de la mano de Diego Guevara las actualizaciones del sistema cedular en la renta de las personas naturales por el AG 2023:

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