Intereses sobre cesantías: definición y plazo de pago
A más tardar el 31 de enero de cada año, los empleadores del país están obligados a realizar el pago directo a sus trabajadores de los intereses sobre cesantías, liquidados al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
Descubre aquí el ABC de los intereses sobre cesantías.
En este especial te hablaremos de:
Las cesantías, también conocidas como auxilio de cesantía, son una prestación social regulada en el artículo 249 del CST. Consisten en un (1) mes de salario por cada año trabajado, o de manera proporcional al tiempo laborado. Todos los trabajadores dependientes, incluyendo a los trabajadores del servicio doméstico y a aquellos a tiempo parcial, tienen derecho a recibir el auxilio de cesantía.
La Corte Constitucional ha señalado que el auxilio de cesantía es una de las prestaciones sociales más importantes para los trabajadores y sus familias, ya que constituye un respaldo económico para el acceso a bienes y servicios indispensables para el mejoramiento de su calidad de vida (Sentencia C-295 de 2022).
Es importante señalar que, aunque los intereses sobre cesantías comparten la categoría de prestación social y están relacionados con el auxilio de cesantía, difieren en cuanto a su definición, finalidad, plazo y sanciones en caso de incumplimiento.
Calculadora de cesantías e intereses a las cesantías
Para calcular el valor de las cesantías e intereses a las cesantías se deben tener las siguientes consideraciones:
¿Qué son los intereses sobre cesantías?
Los intereses sobre cesantías son una prestación social y se refieren a la compensación económica que los empleadores están obligados a reconocer y pagar a sus trabajadores en relación con los saldos acumulados por concepto de cesantías. Estos intereses corresponden al 12 % anual y se calculan sobre los saldos que los trabajadores tienen a su favor por auxilio de cesantía al 31 de diciembre de cada año, así como en las fechas de retiro del trabajador o de liquidación parcial de cesantía (Ley 52 de 1975).
Los intereses sobre cesantías se consideran una prestación social complementaria del auxilio de cesantía, ya que el legislador ha previsto que el propósito del pago directo de los intereses al trabajador es compensar la pérdida del valor del dinero de las cesantías por el tiempo transcurrido entre la causación de la prestación y su cancelación al trabajador.
Prestación social |
Definición |
Finalidad |
---|---|---|
Auxilio de cesantía (artículo 249 del CST) |
1 mes de salario por cada año trabajado. |
Respaldar económicamente al trabajador y su familia. |
Intereses sobre cesantías (Ley 52 de 1975) |
12 % anual sobre los saldos del auxilio de cesantía al 31 de diciembre. |
Compensar la pérdida del valor del dinero de las cesantías desde su causación hasta el pago. |
¿Quiénes tienen derecho al pago de los intereses?
Todos los trabajadores que tienen derecho a recibir el auxilio de cesantía también tienen derecho al pago de los intereses sobre cesantías. En otras palabras, todo empleador obligado a pagar cesantías a sus trabajadores también está obligado a pagar los intereses.
Tanto las cesantías como los intereses sobre cesantías son prestaciones sociales inherentes al contrato de trabajo. Por lo tanto, todos los trabajadores dependientes y subordinados, sin importar el tipo de contrato laboral que suscriban, incluyendo aquellos del servicio doméstico y los trabajadores por días, tienen derecho al pago de estas prestaciones.
¿Cuándo se deben pagar los intereses sobre cesantías?
El pago debe hacerse de manera directa al trabajador según el evento que corresponda:
En todos los casos, la cuantía del pago de intereses sobre cesantías es proporcional al tiempo transcurrido durante el año. Esto significa que si los intereses se generan por un período de tiempo específico, el pago será acorde con la fracción del año en la que se causaron.
Liquidación de los intereses sobre cesantías
Los intereses sobre las cesantías se determinan aplicando el 12 % sobre el valor acumulado correspondiente a las cesantías al momento de realizar el cálculo.
Para liquidar los intereses a las cesantías se debe utilizar la siguiente fórmula:
Valor de las cesantías × días trabajados × 12 % / 360
Por ejemplo, pensemos en el caso de una trabajadora del servicio doméstico que gana un salario mínimo más el auxilio de transporte en 2024 y labora del 1 de enero al 31 de diciembre.
En primer lugar, su saldo por concepto de cesantías corresponderá a 1 mes de salario por cada año trabajado, teniendo en cuenta que para la liquidación de las cesantías se incluye el auxilio de transporte:
Auxilio de cesantía = salario + auxilio de transporte × días trabajados / 360
$1.300.000 + $162.000 × 360 / 360 = $1.462.000
Teniendo el dato del saldo acumulado de las cesantías al 31 de diciembre, aplicamos la fórmula de los intereses:
Intereses sobre cesantías = valor de las cesantías × días trabajados × 12 % / 360
$1.462.000 × 360 × 12 % / 360 = $175.440
A la trabajadora de nuestro ejemplo le corresponderán por concepto de intereses sobre cesantías una suma de $175.440, los cuales deberán ser pagados por el empleador a más tardar el 31 de enero del año 2025.
En el siguiente video te contamos cómo liquidar correctamente los intereses a las cesantías:
Sanciones por incumplir el pago de los intereses
En caso de incumplimiento por parte del empleador en el pago de los intereses a las cesantías dentro de las fechas establecidas, se aplicará la sanción descrita en el numeral 3 del artículo 1 de la Ley 52 de 1975. Esta sanción implica que el empleador deberá indemnizar al trabajador con un valor adicional equivalente al de los intereses causados, pagadero en una sola ocasión.
En el siguiente video, la abogada Angie Vargas explica cuáles son las sanciones por no pagar las cesantías y sus intereses:
© 2023 actualicese.com Todos los derechos reservados - Colombia