El artículo 122 de la Ley 1943 de diciembre 28 de 2018 se encargó de derogar el artículo 491 del ET, el cual impedía que el IVA de los activos fijos se pudiera tomar como valor descontable. Adicionalmente, la misma ley estableció un nuevo tratamiento fiscal para el IVA de los bienes de capital.