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Este liquidador te permite conocer cuánto debe recibir un trabajador como indemnización cuando la finalización del contrato se da por un despido sin justa causa.
El archivo de Excel está ajustado para contratos a término fijo y de obra o labor de acuerdo con lo contemplado en el artículo 64 del CST.
Hemos diseñado nuestra herramienta con el fin de exponer las consecuencias económicas para una entidad o empleador al tomar la decisión de finalizar un contrato sin justa causa. Conocerás cuánto será el valor a liquidar ante la eventualidad de una finalización laboral de este tipo, pero aplicable únicamente a los contratos a término fijo o por obra o labor.
El artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece que, si hay lugar a una terminación del contrato sin justa causa, el trabajador tiene derecho a una indemnización.
El tratamiento de la liquidación de la indemnización depende del tipo de contrato y procede de la siguiente manera:
Se liquida lo que corresponde a salarios, según el plazo que falte por cumplirse en el contrato.
Dado que en los contratos de obra o labor no se puede determinar un tiempo de inicio o duración de la labor (caso diferente a los contratos a término fijo), si se llega a finalizar el contrato, la indemnización no puede ser inferior a 15 días de salario.
Es importante recordar que la facultad de despedir sin justa causa no es absoluta. Si el despido ocurre por motivos de discriminación o con el propósito de vulnerar los derechos fundamentales del trabajador, se considerará ineficaz, incluso si el empleador ha pagado la indemnización correspondiente. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a ser reintegrado.
Ahora bien, si cumpliste con todos los requisitos y llevaste a cabo el procedimiento necesario para dar por terminado sin justa causa un vínculo laboral con una persona que tenía un contrato de trabajo a término fijo o por obra o labor, entonces te recomendamos usar este liquidador. El cual ha sido elaborado de acuerdo a lo estipulado en el artículo 64 del CST.
Por último, te invitamos a conocer más detalles sobre la nómina electrónica a través del siguiente video.
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