Para Uniandes, del proyecto de reforma tributaria preocupa que las medidas que recaen sobre el crecimiento y la inversión generan una carga excesiva.
El objetivo de incrementar el recaudo tributario requiere que algún conjunto de actores de la sociedad contribuya más de lo que viene contribuyendo.
La Facultad de Economía de la Universidad de los Andes en su Nota Macroeconómica 44 argumenta algunos puntos negativos, desde el punto de vista de la entidad educativa, expuestos en el proyecto de reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro.
El golpe a la generación de riqueza es visto como un punto negativo. Analiza el informe:
La mayor justicia y la mayor eficiencia que se conseguiría sometiendo los ingresos personales por dividendos a las mismas tasas de impuesto que los demás ingresos personales no dejan de tener costos. Son costos importantes que el paso por el Congreso debe mitigar.
Los impuestos a los dividendos son pagos que recaen sobre los dueños/accionistas de las empresas por los ingresos que reciben cuando la empresa en que invirtieron sus recursos reparte utilidades. Se suman a la carga tributaria que ya asumió la empresa sobre sus dividendos.
Por ello, lo que importa para la rentabilidad de las inversiones es la combinación de la tasa de renta corporativa (lo que pagan las empresas) y la tasa sobre los dividendos.
Con el proyecto, la tasa de renta corporativa pasaría del 41,5 % a cerca del 60 % para una persona de muy altos ingresos (como son aquellos con alto poder de inversión) que invierte en una empresa sin beneficios o exenciones tributarias.
Esa mucho mayor tributación sobre la inversión en actividades productivas desincentiva la inversión, que es indispensable para el crecimiento económico, pues pone a Colombia a competir por esa inversión contra unos países con tasas combinadas corporativa-dividendos de 42.35 % si se promedia toda la OCDE y entre los que a tasa de 60 % sería la máxima del grupo.
Dicho desincentivo se suma a otras medidas que también afectan al crecimiento, tan dependiente de las empresas.
Por un lado, la eliminación de los beneficios tributarios a algunos sectores y actividades, «que ya hemos elogiado por nivelar la cancha de juego de las actividades económicas y mejorar la eficiencia de la estructura tributaria», se hace sin una contraparte de reducción de la tarifa general de renta corporativa.
Lo anterior implica que el aparato productivo acabaría contribuyendo mucho más a las arcas de un Estado que ya obtiene de las empresas una proporción de su ingreso mucho mayor que los países similares de América Latina y los países a cuya situación económica querríamos aspirar en Europa y Norte América.
Por lo mismo, es un desincentivo importante para la inversión. «Es evidente que el objetivo de incrementar el recaudo tributario requiere que algún conjunto de actores de la sociedad contribuya más de lo que viene contribuyendo», y esos tributos siempre tendrán su origen en algún tipo de actividad que se verá desestimulada por los nuevos tributos.
Desde el punto de vista del análisis, lo que preocupa en este caso es que el conjunto de medidas que recaen sobre el crecimiento y la inversión genera una carga claramente excesiva.
Como lo que preocupa es ese conjunto, no hay una única manera de atacar esa preocupación: puede hacerse compensando las medidas que actualmente están en el proyecto con una reducción de la tarifa general de renta corporativa, o renunciando a alguna de esas propuestas o a parte del recaudo adicional, o renunciando a que el conjunto del aparato productivo aporte parte de los recursos y buscando fuentes alternativas.
Esto se sugiere en el análisis:
El gobierno debe tener claro que no hay ninguna sociedad que haya alcanzado un nivel de recaudo como el que anhela el gobierno que lo haya logrado descansando únicamente en el 2 o 3 % más rico, o que lo haya logrado primordialmente apalancado sobre tributación de las empresas.
Por otra parte, el proyecto también contempla un cambio a la manera en que las empresas pueden reducir su pago a la Dian por concepto de los pagos que hacen localmente por concepto de ICA: mientras en la actualidad pueden descontar el 50 % de ese valor en su pago a la Dian, con el proyecto deducirían ese valor de la base tributaria en lugar de descontarlo.
El efecto concreto es que la disminución de sus impuestos nacionales por este concepto se reduce al 35 % de lo que venía siendo. Aunque consideramos este cambio muy positivo porque alinea los incentivos de recaudo del Gobierno Central con el de los gobiernos locales, eleva la carga tributaria de las empresas sin que haya un alivio en la tarifa general.