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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Manifestaciones escritas: ¿a quiénes se les solicita?


Actualizado: 28 julio, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Roberto Valencia.

¿A quiénes se les pueden solicitar las manifestaciones o comunicaciones escritas?

Pregunta resuelta 13 de julio de 2022.

De acuerdo con la NIA 580, el auditor de estados financieros deberá pedir a la dirección de la entidad que manifieste por escrito que:

  • Cumple con su responsabilidad frente a la preparación de los estados financieros, los cuales deben hacerse siguiendo el marco de información financiera aplicable a la empresa, y con la responsabilidad de que estos presenten fielmente la situación financiera, los resultados, los flujos de efectivo y las variaciones en el patrimonio de acuerdo con lo establecido en “el contrato de auditoría” (denominado encargo de auditoría por las NIA).
  • Le está proporcionando al auditor toda la información necesaria y le permite el acceso a ella.
  • Previamente a la preparación de los estados financieros se registraron todas las transacciones del ente económico y estas se reflejan fielmente en los estados financieros.

Además, el conferencista explica que el auditor debe tener acceso a toda la información y a todo el personal, es decir que el auditor puede solicitar manifestaciones escritas al personal que considere necesario. Sin embargo, aclara que las manifestaciones escritas deben ser solicitadas a los responsables de preparar la información financiera, como los miembros de la dirección o administración que tengan responsabilidades sobre los estados financieros y los conocimientos necesarios.

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