Actualizado: 16 febrero, 2023 (hace 2 años)
Aquí hablaremos sobre...
- Mecanismo de facturación de impuestos se podrá aplicar a los omisos que no presenten sus declaraciones de IVA e INC
- Notificación de la facturación del impuesto se hará de forma electrónica
- Cuando el omiso sí este de acuerdo con la facturación de impuestos, deberá aceptarla
- Si el contribuyente no está de acuerdo con la facturación de impuestos, tendrá 2 meses para actuar contra ella
La Ley 2277 de 2022 derogó el artículo 616-5 del ET (creado con la Ley 2155 de 2021), reemplazándolo con el nuevo artículo 719-3 y modificando las reglas para realizar las liquidaciones oficiales mediante el mecanismo de facturación de impuestos. Este no solo aplicará en renta sino también en IVA e INC.