El Ministerio de Trabajo estableció una serie de obligaciones que deberán desarrollar empleadores del sector transporte y administradoras de riesgos laborales para promover estilos de vida saludables y cuidar la salud mental.
El Ministerio de Trabajo, por medio de la Circular 0070 del 25 de octubre del 2024, estableció algunas estrategias y obligaciones que deberán desarrollar los empleadores del sector transporte y las administradoras de riesgos laborales para promover estilos de vida saludables y cuidar la salud mental.
De conformidad con el Ministerio del Trabajo, las acciones de prevención, mediante las cuales se crean hábitos y comportamientos saludables, favorecen la calidad de vida de los trabajadores, la actividad productiva y el bienestar social.
Es por esto que desde el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031 se estableció la necesidad de fomentar la cultura del autocuidado y la promoción de la seguridad y la salud de los trabajadores, incluyendo para ello la implementación de medidas que fortalecieran el bienestar y la calidad de vida laboral.
Bajo este contexto, en la Circular 0070 se fijaron responsabilidades que deberán asumir los empleadores, las administradoras de riesgos laborales y los trabajadores.
Con relación a las obligaciones que recaen sobre los empleadores, se mencionan 16 entre las que se destaca: el respeto por el horario y la jornada de trabajo para garantizar la desconexión laboral, la regulación de horas extras y la implementación de acciones que promuevan la alimentación saludable, la actividad física y demás hábitos saludables.
Por su parte, a las administradoras de riesgos laborales se les obligaría a implementar una línea telefónica de soporte psicosocial, así como a promover la salud mental y a realizar campañas y espacios de capacitación específicamente a los trabajadores del sector transporte sobre estilos de vida saludables.
Respecto a las obligaciones de los trabajadores, ellos deberán asistir a las capacitaciones, mantener estilos de vida saludables, suministrar información completa sobre su estilo de salud y promover la convivencia social.
Finalmente, en la Circular 0070 se establecieron algunas sanciones que podrán enfrentar las entidades de incumplir las disposiciones allí reguladas. De la misma manera, se estableció que la competencia para realizar la investigación administrativa y fijar la sanción recaerá sobre las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo.
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