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No fue sancionado el proyecto de ley que buscaba institucionalizar los días sin IVA en Colombia


Actualizado: 24 julio, 2024 (hace 4 meses)

En medio de la crisis económica de 2020 generada por la pandemia del COVID-19, el Gobierno nacional creó la medida de los días sin IVA con el propósito de reactivar la economía. 4 años después, un proyecto de ley buscaba volver a esta vieja práctica, pero el presidente de la república no lo sancionó.

Recientemente fue aprobado en el Congreso el proyecto de ley que pretendía institucionalizar el día sin IVA como política de Estado en Colombia, pero Gustavo Petro presentó varias objeciones. A continuación, resaltamos las más importantes:

  • A pesar de que el artículo 154 de la Constitución Política de Colombia dice que las leyes pueden tener origen en cualquiera de las Cámaras, en las entidades señaladas en el artículo 156, o por iniciativa popular; solo podrán ser dictadas o reformadas por el Gobierno nacional las leyes a las que se refieren los numerales 3, 7, 9, 11 y 22, y los literales “a”, “b” y “e” del numeral 19, del artículo 150; las que ordenen participaciones en las rentas nacionales o transferencias de las mismas; las que autoricen aportes o suscripciones del Estado a empresas industriales o comerciales y las que decreten exenciones de impuestos, contribuciones o tasas nacionales. Entonces, este proyecto de ley que surgió del Congreso no tuvo el aval del Gobierno, convirtiéndolo en inviable.
  • El Presidente Gustavo Petro durante varias ocasiones ha expuesto el grave impacto tributario, económico y social que tendría la implementación permanente de los días sin IVA.

Frente a esta negativa, el representante Christian Garcés (ponente del proyecto de ley) explicó que la medida pretende aumentar las ventas y permitir a los ciudadanos más vulnerables comprar bienes a precios bajos. Además, según Fenalco, en los días sin IVA aproximadamente el 70 % correspondieron a las ventas de bienes gravados.

Recordemos que frente a los artículos que podían adquirirse en el pasado como exentos del IVA durante dichas jornadas, estaban:

  • Vestuario.
  • Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones.
  • Útiles escolares. 
  • Elementos deportivos.
  • Juguetes y juegos.
  • Bienes e insumos para el sector agropecuario.

Todo lo anterior sin exceder un monto límite. Conoce más en nuestro editorial Días sin IVA: abecé para la nueva jornada en 2022.

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Fuente: El Espectador

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