Notificación de embargo de la prima de servicios


Notificación de embargo de la prima de servicios
Actualizado: 13 junio, 2023 (hace 10 meses)

La prima de servicios, según el artículo 344 del CST, solo puede ser embargada hasta el 50 % por deudas a cooperativas y de alimentos.
Mediante este modelo de carta una empresa podrá notificar a su empleado que debe retener parte de su prima porque existe una orden judicial de embargo sobre esta.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción Actualícese, ingresa aquí.

Si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todas nuestras opciones disponibles.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,