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Entre el 2 de mayo y el 14 de junio de 2023, los obligados a presentar el reporte de información exógena deberán entregar a la Dian el correspondiente al año gravable 2022.
Conoce aquí cuáles son las novedades que deberán ser tenidas en cuenta en la preparación de sus respectivos formatos.
De acuerdo con el artículo 46 de la Resolución 000124 de 2021, el próximo 2 de mayo de 2023 inician los vencimientos del plazo para la presentación del reporte de información exógena del año gravable 2022 para los grandes contribuyentes obligados a entregar dichos archivos, bien sean personas naturales o jurídicas. Por su parte, para el resto de las personas naturales y jurídicas no calificadas como grandes contribuyentes, el vencimiento de los plazos iniciará el 16 de mayo y se extenderá hasta el 14 de junio de 2023, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT registrados en el RUT del responsable.
Es importante tener en cuenta que, para efectos de la elaboración del reporte de información exógena, deberán considerarse las novedades aplicables para el año gravable 2022 de acuerdo con la Resolución 000124 de 2021, recientemente modificada por la Resolución 000052 de 2023.
A continuación, nuestro líder de investigación tributaria, Diego Guevara, explica cuáles son las principales novedades que no pueden perderse de vista para el buen cumplimiento de la obligación del reporte de información exógena. Veamos:
De acuerdo con lo expuesto por nuestro investigador, para el reporte de información exógena, deberán tenerse en cuenta alrededor de 16 novedades importantes, que fueron introducidas por la Resolución 000124 de 2021, las cuales abordamos en nuestro editorial Exógena año gravable 2022 fue solicitada por la Dian introduciendo 16 novedades importantes, entre las que se destacan:
Los anteriores resultan ser solo algunas de las novedades introducidas por la Resolución 000124 de 2021 para el reporte de información exógena del año gravable 2022. Sin embargo, recientemente la Dian expidió la Resolución 000052 del 30 de marzo de 2023, con la cual modificó la Resolución 000124 de 2021, en donde además de ajustar algunos yerros mecanográficos presentados en la resolución, se pueden destacar las siguientes novedades:
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