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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Novedades en la declaración de renta de personas jurídicas del año gravable 2021


declaración de renta de personas jurídicas
Actualizado: 22 marzo, 2022 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Beneficio de auditoría
  • Eliminación de la renta presuntiva en la declaración de renta de personas jurídicas
  • Definición del patrimonio al 31 de diciembre de 2021
  • Normalización tributaria
  • Nueva tarifa de renta
  • Nueva tarifa del 9 % para ciertas actividades
  • Sobretasa para instituciones financieras en la declaración de renta de personas jurídicas
  • Bancarización

Al preparar la declaración de renta de personas jurídicas correspondiente al año gravable 2021, se deberán tener en cuenta ciertas novedades; entre ellas, la expedición del nuevo formulario 110 por parte de la Dian.

Conoce todos los detalles que deberás considerar en las siguientes líneas.

En la preparación y presentación de la declaración de renta del año gravable 2021 de las personas jurídicas del régimen ordinario se deberán tener en cuenta los cambios efectuados con el artículo 11 del Decreto Legislativo 575 de 2020, el artículo 2 de la Ley 2040 de 2020, el artículo 3 de la Ley 2064 de 2020, los artículos 40 al 42 de la Ley 2068 de 2020, los artículos 28 y 40 de la Ley 2069 de 2020 y algunos de los artículos de la Ley 2155 de 2021; entre estos, los que establecieron la normalización tributaria para 2022 y aquellos que afectaron las normas de procedimiento tributario.

Novedades en la declaración de renta personas jurídicas

Adicionalmente, se deberán tener en cuenta varios de los decretos reglamentarios expedidos a lo largo de 2021 e igualmente las nuevas resoluciones de la Dian que se publiquen en relación con este tema, como la Resolución 000026 de 2022, por medio de la cual se habilita el formulario 110.

Ahora bien, acorde con lo anterior, en la declaración de renta se deberán atender varias novedades importantes; entre ellas, las siguientes:

Beneficio de auditoría

Para el año gravable 2021 podrá aplicarse por tercera vez el beneficio de auditoría establecido en el artículo 689-2 del ET (modificado con el artículo 123 de la Ley 2010 de 2019).

Eliminación de la renta presuntiva en la declaración de renta de personas jurídicas

El artículo 90 de la Ley 2010 de 2019 modificó el artículo 188 del ET para establecer que a partir del año gravable 2021 la tarifa de renta presuntiva será del 0 %, generando así la eliminación del cálculo de la renta presuntiva a partir del período fiscal en mención.

Definición del patrimonio al 31 de diciembre de 2021

La correcta definición del patrimonio líquido a diciembre 31 de 2021 influirá, por ejemplo, para definir si se debe o no cumplir con la presentación de la declaración de activos en el exterior a enero 1 de 2022 (formulario 160) de quienes pertenezcan al régimen ordinario (ver artículo 607 del ET, modificado con el artículo 109 de la Ley 2010 de 2019).

TAMBIÉN LEE:   Simulador del beneficio de auditoría

Normalización tributaria

Los efectos de acogerse o no a la normalización tributaria del año 2022, contemplada en los artículos 2 al 6 de la Ley 2155 de 2021 y reglamentada con el Decreto 1340 de 2021.

Nueva tarifa de renta

La aplicación por primera vez de la nueva tarifa del 31 % para liquidar el impuesto de renta de las sociedades del régimen ordinario (ver artículo 240 del ET, modificado con el artículo 92 de la Ley 2010 de 2019).

Nueva tarifa del 9 % para ciertas actividades

La aplicación por primera vez de la tarifa del 9 % para calcular el impuesto de renta de personas jurídicas del régimen ordinario mencionadas en los literales “j”, “k” y “l” del parágrafo 5 del artículo 240 del ET, modificado con el artículo 41 de la Ley 2068 de 2020.

Sobretasa para instituciones financieras en la declaración de renta de personas jurídicas

El cálculo por segunda vez de la “sobretasa de las instituciones financieras” que declaren rentas líquidas gravables superiores a 120.000 UVT, la cual fue creada con el artículo 92 de la Ley 2010 de 2019.

Bancarización

La aplicación de nuevos límites de aceptación fiscal durante 2021 para los costos y gastos que se hayan cubierto con efectivo en lugar de mediante canales financieros (ver norma de “bancarización” en el artículo 771-5 del ET).

Conoce todos los detalles sobre la declaración de renta de personas jurídicas para el año gravable 2021 en la Cartilla Práctica Requisitos y procesos para elaborar y presentar la declaración de renta personas jurídicas, año gravable 2021.

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