Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Novedades en rentas exentas y deducciones para personas jurídicas


Novedades en rentas exentas y deducciones para personas jurídicas
Actualizado: 13 abril, 2023 (hace 1 año)

Las rentas exentas son ingresos fiscales no sujetos al impuesto de renta por obtener el beneficio de gravarse a una tarifa del 0 %. La Ley 2155 de septiembre de 2021 trajo consigo algunas novedades aplicables para la declaración de renta del año 2022.

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Las rentas exentas son ingresos que están exentos de pagar impuestos en determinadas circunstancias y bajo ciertas condiciones establecidas por la ley. Estas rentas se encuentran definidas en la normativa tributaria y varían según el tipo de contribuyente y/o año gravable.

Los artículos 44 y 65 de la Ley 2155 de septiembre de 2021 modificaron el artículo 235-2 del Estatuto Tributario para establecer que las personas jurídicas que se pretendían acoger a la economía naranja debían tener en cuenta el nuevo vencimiento para acceder a este nuevo beneficio en la presentación de la declaración de renta que aplicaba hasta el 30 de junio de 2022.

Al respecto, consultanuestro análisis Declaración de renta de personas jurídicas año gravable 2022: liquidadores, novedades, plazos y más.

Adicionalmente, esta ley (Ley 2155 de 2021) redujo de 7 a 5 años el término de vigencia del beneficio de renta exenta proveniente de las actividades realizadas por las empresas de la economía naranja.

El conferencista Diego Guevara Madrid, líder en investigación tributaria de Actualícese, también da a conocer que, en materia de deducciones, se introdujeron algunos cambios relevantes, como lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 2099 de julio de 2021, que modificó el artículo 14 de la Ley 1715 de mayo de 2014 realizando un ajuste a la depreciación de los contribuyentes que realizan inversiones para la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales.

Otra novedad es la introducida por la Resolución 000167 de diciembre de 2021, modificada con la Resolución 000488 de abril de 2022, donde se estableció que a partir de agosto de 2022 se debía elaborar el documento soporte en compras a los no obligados a facturar de forma electrónica.

El conferencista expresa que la Resolución 000085 de abril de 2022 estableció que a partir de julio de 2022 se debían realizar los mensajes de aceptación a las facturas por compras a crédito, donde se confirma al vendedor el recibido de la factura y los bienes para que pudieran ser aceptadas fiscalmente las compras de costos y gastos soportados en las facturas de venta a crédito.

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Por último, la Resolución 000028 de febrero de 2022 introdujo los plazos para los que debían ingresar a la nómina electrónica.

Encuentra más detalles sobre las rentas vigentes para la declaración de renta de las personas jurídicas del año gravable 2022 de la mano del Dr. Diego Guevara:

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