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Nueva tributación por presencia económica significativa impacta a empresas extranjeras en Colombia


El término «presencia económica significativa» busca asegurarse de que grandes empresas que explotan el mercado colombiano paguen impuestos y no puedan evitarlos.

A principios de este año entró en vigor una nueva medida tributaria en Colombia conocida como la presencia económica significativa –PES–, la cual introduce una regla para gravar con impuestos a extranjeros que operan en el mercado colombiano mediante la venta de bienes o la prestación de servicios a clientes o usuarios locales que no estaban sujetos a impuestos bajo la normativa previa.

Martha Reyes, socia de Impuestos de la firma consultora BDO en Colombia, explica que las empresas extranjeras que se ven en la obligación de cumplir con la nueva tributación son aquellas que cuentan con dos condiciones clave: 

  1. Ingresos originados en el mercado colombiano. Las que durante el año 2023 o en el año gravable en curso hubieren obtenido u obtengan ingresos brutos de por lo menos USD377.726 aproximadamente para el 2024.
  2. Mantener una interacción deliberada y sistemática en el mercado colombiano. Se presume que se cumple este requisito cuando ocurre cualquiera de las siguientes situaciones:
  • El extranjero mantiene una interacción o despliegue de mercadeo con 300.000 o más clientes y/o usuarios ubicados en el territorio colombiano durante el año gravable anterior o el año gravable en curso.
  • La persona no residente o entidad no domiciliada en el país establece la posibilidad de visualizar precios en pesos colombianos o permite el pago en pesos colombianos.

La experta menciona que es importante realizar seguimiento a la implementación de esta normativa para conocer con certeza el efecto a generar:

Es posible que el impuesto sobre la renta que se genere en aplicación de PES se traslade al cliente o al usuario localizado en Colombia, ya sea a través del aumento del precio del bien o del servicio, o incluso si el residente en Colombia debe asumir el valor de la retención en la fuente que sería practicada en el pago o abono en cuenta. No obstante, en el marco de una economía globalizada, se esperaría que un aumento de precio se vea controlado como parte de la ley de la oferta y demanda.

En resumen, la firma BDO en Colombia destaca que esta nueva normativa que aplica para la venta de bienes y la prestación de servicios digitales desde el extranjero plantea un desafío para la administración tributaria a la hora de identificar transacciones, garantizar el cumplimiento del régimen de la PES y recaudar el impuesto sobre la renta; además, será necesario un monitoreo continuo para comprender las implicaciones de la PES en el mercado local y sus efectos en el largo plazo de cara al usuario y/o cliente en Colombia.

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BDO Colombia SAS
Firma de Consultoría BDO en Colombia

Daniel Bulla
Socio de impuestos de BDO Colombia. Contador público, especialista en Derecho Tributario y certificado en IFRS por el ACCA.
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