Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Nuevas reglas para el pago de declaraciones de retención en la fuente con saldo inferior a 10 UVT


Retención en la fuente por salarios

El artículo 78 de la reforma modificó el artículo 580-1 del ET y estableció que las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago, liquidando montos totales a pagar inferiores a 10 UVT, tendrán un año de plazo para realizar su pago, contado desde el vencimiento del plazo para declarar.

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