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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de reportar estados financieros por parte de personas naturales


Actualizado: 6 febrero, 2019 (hace 6 años)

Respuesta de Juan David Maya la pregunta:

¿Las personas naturales están obligadas a reportar sus estados financieros ante alguna
entidad?

Se presume que las personas naturales realizan actividades con ánimo de lucro y generalmente ligadas al comercio. El Código de Comercio establece que todo comerciante que de manera profesional realice actividades que la ley considera mercantiles debe llevar contabilidad de sus negocios, conforme a los marcos técnicos-normativos vigentes en Colombia. Es decir, los estados financieros deben ser preparados respetando los marcos contables establecidos.

La Superintendencia de Sociedades, las cámaras de comercio, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP–, la Dian, entre otras, solicitan la información financiera de las personas jurídicas. No obstante, pueden solicitar los estados financieros de las personas naturales que por su actividad muevan grandes cantidades de dinero, que sean grandes contribuyentes o que realicen transacciones con terceros sujetos a inspección.

Para leer más sobre este tema, vaya al análisis: Tips para asesorar personas naturales obligadas a elaborar estados financieros.

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