Responde conferencista: Angie Marcela Vargas.
¿Qué sucede si un empleador se niega a suministrar el contrato de trabajo al trabajador y realiza modificaciones constantes a las cláusulas del contrato para exigir su cumplimiento?
Pregunta resuelta 19 de agosto de 2022.
El contrato de trabajo, al igual que cualquier otra clase de contrato (civil o comercial), es consensual y bilateral, ya que media la libre voluntad del empleador y del trabajador de iniciar la relación laboral, y además genera obligaciones para ambos. Un contrato de trabajo puede ser verbal o escrito y ambas modalidades de contrato generan los mismos derechos y obligaciones contractuales.
Sin embargo, con frecuencia se conocen vulneraciones a los derechos de los trabajadores que tienen que ver con el no suministro o entrega de la copia del contrato de trabajo, aun siendo este un mandato expreso establecido mediante el artículo 39 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, el cual dice lo siguiente:
Artículo 39. Contrato escrito. El contrato de trabajo escrito se extiende en tantos ejemplares cuantos sean los interesados, destinándose uno para cada uno de ellos (…).
Por otro lado, cuando se pactan modificaciones al salario, funciones, lugar de trabajo, prórrogas consensuales, etc., y se hace firmar al trabajador un otrosí, un documento anexo o el espacio en blanco para la consolidación del mismo contrato de la misma manera, se le debe entregar al trabajador una copia del documento para que este lo conserve.
En el siguiente video, la Dra. Angie Marcela Vargas explica las consecuencias que puede tener para un empleador no entregar el contrato de trabajo escrito al trabajador o realizar modificaciones al mismo, donde especifica que dicho empleador puede iniciar un trámite sancionatorio con el Ministerio de Trabajo y se le pueden imponer de multas o el inicio de un proceso judicial por cometer un delito.