Modelo de pagaré en blanco y carta de instrucción


Modelo de pagaré en blanco y carta de instrucción
Actualizado: 6 diciembre, 2023 (hace 5 meses)

Con este modelo en Word podrás elaborar correctamente un pagaré, de acuerdo con lo establecido en el artículo 709 del Código de Comercio.

Recordemos que el pagaré es un título valor en el cual alguien se compromete a pagar una suma determinada de dinero a otra persona denominada beneficiario o portador.

Los títulos valores, según el Código de Comercio, son documentos necesarios para legitimar el derecho autónomo y literal que en ellos existe. Pueden poseer diversos contenidos: crediticio, corporativos y de tradición.

Algunos ejemplos de títulos valores son:

  • Pagaré.
  • Cheque.
  • Letras de cambio.
  • Bono de prenda.
  • Facturas.
  • Certificado de depósito.

Estos documentos tienen dos partes, la primera es de carácter de contenido y la segunda de carácter de procedimiento de negociación. En esta última división encontramos la modalidad de nominativos, a la orden y al portador. Los nominativos deben constar de un registro, y solo la persona que aparezca en tales datos será el tenedor legal del título valor. Mientras que aquellos documentos girados “a la orden” y “al portador” se pueden ceder, y no están expedidos a nadie en particular.

Te invitamos a revisar el siguiente video en donde el Dr. Diego Guevara Madrid responde al siguiente interrogante: ¿los intereses de un préstamo respaldado en pagaré requieren factura?

Modelo de pagaré en blanco y carta de instrucción

El pagaré es un título valor regulado por los artículos 709, 710 y 711 del Código de Comercio Colombiano, que señala la promesa de pago por parte del “otorgante” a una persona denominada “beneficiario”. Dicha promesa deberá ser unilateral, impersonal, incondicional e irrevocable; es una manifestación clara, expresa y exigible.

El pagaré, además de prometer el pago de una suma de dinero, también puede ser usado como garantía para otros asuntos. De manera que si se dejan espacios en blanco como valores, intereses, etc., es obligatorio que el deudor deje suscrita una carta de instrucciones para que el tenedor lo pueda llenar. Es una herramienta muy útil en el mundo de los negocios.

En el modelo que aquí te presentamos podrás diligenciar correctamente un pagaré y su carta de instrucciones, cumpliendo con los requisitos mínimos establecidos en los artículos 621 y 709 del CCo, estos son:

  1. La mención del derecho que en el título se incorpora.
  2. La firma de quien lo crea.
  3. La promesa incondicional de pagar una suma determinante de dinero.
  4. El nombre de la persona a quien deba hacerse el pago.
  5. La indicación de ser pagadero a la orden o al portador.
  6. La forma de pago o vencimiento.

Nota: podrá adherirse al título valor la carta de instrucciones contemplada en el artículo 622 del Código de Comercio, siempre que este contenga espacios en blanco, para que el tenedor legítimo pueda llenarlo conforme a las instrucciones del suscriptor.

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