Si un empleador autoriza trabajar, por ejemplo, dos horas extra para atender una necesidad urgente en la empresa, y el trabajador labora tres o más horas, ¿debe el empleador pagar la hora adicional? ¿Cuáles son los efectos de trabajar más horas de las autorizadas?
Conoce aquí las respuestas.
Las horas extra son aquellas horas de trabajo realizado fuera de la jornada laboral ordinaria. La ley laboral prioriza que las partes del contrato de trabajo son libres para acordar la jornada de trabajo que mejor se adapte a sus necesidades. Este tipo de jornada se conoce como la jornada ordinaria (artículo 158 del CST).
Cuando el empleador y el trabajador no acuerdan una jornada ordinaria, se considera que la jornada de trabajo es la máxima legal. Por lo tanto, la jornada ordinaria puede ser cualquier jornada pactada entre las partes, siempre que no exceda la jornada máxima legal (artículo 161 del CST).
Las horas extra pueden ser diurnas, nocturnas, dominicales y/o festivas, y deben ser remuneradas de acuerdo a los porcentajes de liquidación establecidos en la ley laboral.
El artículo 167-a del CST establece que ningún trabajador, ya sea para horas diurnas o nocturnas, podrá trabajar más de dos (2) horas extra al día o doce (12) horas a la semana. La norma indica, además, que si la jornada laboral se amplía a diez (10) horas diarias debido a un acuerdo entre las partes, en ese mismo día no se pueden realizar horas extra.
De cualquier manera, para que el trabajador pueda realizar trabajo suplementario dentro de los límites legales, el empleador debe obtener previamente un permiso por parte del Ministerio del Trabajo, el cual no podrá tener una vigencia indeterminada.
En primer lugar, el empleador debe procurar que las horas extra autorizadas sean las efectivamente laboradas por el trabajador. Es importante recordar que el empleador podría ser sancionado por el Ministerio del Trabajo cuando lleva a cabo trabajo suplementario más allá de los límites establecidos en la ley.
Si por alguna circunstancia imprevista o urgente, al trabajador le toma más tiempo extraordinario del autorizado para realizar la labor, esta situación debe ser reportada en el registro diario de trabajo suplementario, en el cual se deben indicar las razones correspondientes y tomar las medidas necesarias para que dicha situación no se vuelva a presentar.
En cualquier caso, todo trabajo suplementario debe ser remunerado, independientemente se si se excede o no del tiempo autorizado, y el empleador debe tener en cuenta en todo momento el límite de las horas extra, lo establecido en el permiso del Ministerio del Trabajo para el trabajo suplementario y los derechos fundamentales del trabajador.
En el siguiente video, la abogada Angie Vargas, consultora en derecho laboral, explica este tema con mayor detalle: