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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Los trabajadores domésticos deben ser retirados del régimen subsidiado en salud?


trabajador doméstico realizando tareas de aseo en el hogar

Los trabajadores domésticos son todas aquellas personas naturales que prestan sus servicios en las tareas propias del hogar mediante un contrato de trabajo. Sin embargo, cuando se suscribe dicho contrato, ¿deben ser retirados del régimen subsidiado en salud?

Descubre aquí la respuesta.

El acceso al sistema general de seguridad social en salud –SGSSS– se realiza a través de la afiliación a una EPS del régimen contributivo o del régimen subsidiado, dependiendo de la capacidad económica de la persona.

Para acceder al SGSSS, las personas pueden afiliarse mediante dos regímenes:

  • Régimen contributivo: está dirigido a todas las personas que tienen capacidad de pago, entre ellas las vinculadas mediante contrato de trabajo.
  • Régimen subsidiado: incluye a aquellas personas que no cuentan con los ingresos para cubrir el pago de la cotización al sistema.

Para responder a la pregunta de si los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico deben ser retirados del régimen subsidiado en salud una vez suscriben un contrato de trabajo, veremos quiénes son los trabajadores del servicio doméstico y cuándo deben ser afiliados al régimen contributivo.

¿Quiénes son los trabajadores domésticos?

Los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico son todas aquellas personas naturales que prestan sus servicios en tareas o labores como aseo, lavado, planchado, cocina, cuidado de niños o de adultos mayores, jardinería, conductores de familia, trabajadores de fincas y demás labores propias del hogar.

Estos son trabajadores dependientes, pues deben ser vinculados mediante un contrato de trabajo, sea escrito o verbal, a término fijo o indefinido, etc. Ellos gozan de todas las prerrogativas establecidas en la ley laboral y deben cumplir cabalmente con las obligaciones propias de la prestación del servicio.

Si el trabajador doméstico suscribe el contrato de trabajo, ¿debe ser retirado del régimen subsidiado en salud?

Si el trabajador o trabajadora doméstica suscribe un contrato de trabajo, se presume que tiene capacidad de pago para efectuar la cotización en el régimen contributivo en salud. Por tanto, su afiliación en adelante, mientras perdure el contrato, no se hará a través del régimen subsidiado.

Esta presunción tiene fundamento en que la remuneración del trabajador doméstico no puede ser inferior a un (1) smmlv ($1.160.000 por el 2023). Entonces, si este trabajador devenga un ingreso mensual de 1 smmlv, deberá ser afiliado por su empleador al régimen contributivo en salud y efectuar la cotización correspondiente.

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Sin embargo, si el trabajador doméstico trabaja por días u horas y su ingreso mensual es inferior a 1 smmlv, el empleador deberá constatar que ese empleado se encuentre afiliado al régimen subsidiado en salud. Para la afiliación a los demás subsistemas de seguridad social (pensión, riesgos laborales y caja de compensación familiar) podrá acogerse a la regulación establecida en el Decreto 2616 de 2013.

En el siguiente video, la Dra. Angie Vargas, especialista en Derecho Laboral, explica si el personal del servicio doméstico debe ser retirado o no del régimen subsidiado en salud una vez suscriba el contrato de trabajo:

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