¿Cuáles son las personas jurídicas que sí quedan obligadas a practicarse las autorretenciones especiales a título de renta establecidas en los artículos 1.2.6.6 hasta 1.2.6.11 del DUT 1625 de octubre de 2016, las cuales fueron creadas con el Decreto 2201 de diciembre de 2016?
Las autorretenciones especiales a título de renta son obligatorias para ciertas personas jurídicas. Estas autorretenciones fueron creadas en diciembre de 2016 y están reguladas en los artículos 1.2.6.6 hasta 1.2.6.11 del DUT 1625 de 2016.
Las autorretenciones son requeridas a cambio de exoneraciones de aportes de nómina. Solo las sociedades nacionales, asimiladas, establecimientos permanentes de entidades del exterior y personas jurídicas extranjeras están obligadas a realizar autorretenciones.
Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Autorretenciones especiales a título de renta 2024″.
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