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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas naturales del régimen simple: 4 dudas resueltas sobre los anticipos bimestrales


Aquí hablaremos sobre...

  • 1. ¿Cómo se deben calcular las 3.500 UVT para determinar la exoneración de los anticipos bimestrales del SIMPLE?
  • 2. Si la persona natural del régimen simple es responsable de IVA, ¿aun así puede dejar de presentar los 6 anticipos bimestrales?
  • 3. ¿Qué sucedería si una persona natural del simple decide presentar solo algunos anticipos bimestrales, pero no todos los anticipos?
  • 4. Si una persona natural optó por no presentar algún anticipo bimestral, ¿cómo hará la Dian para no liquidarle intereses de mora en los renglones denominados “Ajuste de los anticipos”?

Ya ha transcurrido más de un año desde que la Ley 2277 de 2022 modificó la norma del artículo 910 del ET para exonerar a algunas personas naturales de la tarea de liquidar anticipos bimestrales en el régimen simple.

Resolvemos 4 importantes interrogantes sobre el tema en este editorial.

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