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Con la Ley de reforma laboral 2466 de 2025, el Gobierno nacional dio un paso trascendental hacia la formalización laboral de madres comunitarias, sustitutas y trabajadoras de hogares infantiles para su inclusión progresiva en la planta de personal del ICBF como trabajadoras oficiales.
Con la implementación del artículo 68 de la Ley de reforma laboral 2466 de 2025, las madres comunitarias, sustitutas y trabajadoras de hogares infantiles se vincularán formalmente al Estado.
Actualmente, las madres comunitarias no tienen una relación laboral directa con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF–. Su vinculación se realiza principalmente a través de convenios con asociaciones o entidades privadas, sin que exista un contrato de trabajo formal con el Estado.
Esta condición se caracterizaba por:
Si quieres saber más sobre temas laborales, consulta nuestra Actualización laboral 2025: salarios, prestaciones sociales y contratación.
Con el artículo 68 de la Ley de reforma laboral 2466 de 2025 se estableció un nuevo marco normativo para la formalización laboral de las madres comunitarias, trabajadores de hogares infantiles y madres sustitutas. Los principales cambios son:
Vinculación como trabajadoras oficiales: las madres comunitarias que trabajan en las modalidades de primera infancia del ICBF y los trabajadores de los hogares infantiles de la modalidad institucional serán vinculadas progresivamente a la planta de personal del ICBF.
Esta vinculación será en calidad de trabajadoras oficiales, reconociendo la naturaleza estatal del servicio que prestan.
Formalización de las madres sustitutas: las madres sustitutas, encargadas de brindar protección temporal a niños y adolescentes separados de sus familias, también serán formalizadas laboralmente.
Se garantiza un (1) smmlv como base de remuneración, lo que implica superar el esquema de auxilios o pagos simbólicos.
Una vez se formalice su relación laboral, las madres comunitarias dejarán de recibir los reconocimientos económicos de la Ley 1607 de 2012.
No se permitirá la concurrencia de beneficios si ya están formalizadas, solo recibirán salario y prestaciones como cualquier trabajador oficial.
Si deseas saber más sobre reforma laboral, consulta nuestro Especial Actualícese Reforma laboral: análisis por los artículos de la Ley 2466 de 2025.
La reforma laboral contempla una transición progresiva hacia la formalización, en armonía con la capacidad presupuestal del Estado y la planeación fiscal.
Cronograma general
El ICBF tendrá un plazo máximo de 12 meses desde la entrada en vigor de la Ley 2466 (julio de 2025) para establecer el cronograma de progresividad.
Consideraciones fiscales
La implementación dependerá de:
En el siguiente video, Víctor Hugo Ramírez expone cuáles son los puntos de la reforma que favorecen a los trabajadores colombianos: