¿Para quienes se inscriben en el régimen simple de tributación, el impuesto de ganancia ocasional se liquida con las mismas reglas que lo liquidan los que se quedan en el régimen ordinario? ¿Deben calcular “anticipos bimestrales” sobre los ingresos que forman ganancias ocasionales”?
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En el régimen simple de tributación, el impuesto de ganancia ocasional se liquida de forma similar al régimen ordinario.
Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Particularidades de las ganancias ocasionales″.
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