¿Se debe expedir una “factura electrónica de venta” o un “documento equivalente a factura de venta” cuando una iglesia o cualquier otra entidad pública o privada recibe dineros en calidad de donaciones?
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La regulación de facturación electrónica para donaciones en entidades públicas y privadas establece que no es necesario emitir una factura de venta cuando se recibe una donación. En su lugar, se debe proporcionar un certificado al donante. Solo en el régimen ordinario se puede aplicar un descuento tributario del 25% a las donaciones.
Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Casos especiales sobre operaciones que no se facturan″.
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