Regulación de facturación electrónica para donaciones en entidades públicas y privadas 


Actualizado: 7 mayo, 2024 (hace 2 semanas)

¿Se debe expedir una “factura electrónica de venta” o un “documento equivalente a factura de venta” cuando una iglesia o cualquier otra entidad pública o privada recibe dineros en calidad de donaciones?

Disfruta de todos los beneficios exclusivos que te brinda ser suscriptor. Inicia sesión aquí para aprovechar al máximo lo que tenemos preparado para ti. Si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todas nuestras opciones disponibles.

Contenido para Suscriptores

La regulación de facturación electrónica para donaciones en entidades públicas y privadas establece que no es necesario emitir una factura de venta cuando se recibe una donación. En su lugar, se debe proporcionar un certificado al donante. Solo en el régimen ordinario se puede aplicar un descuento tributario del 25% a las donaciones.

Aspectos destacados

  • No se emiten facturas de venta para donaciones en entidades públicas y privadas.
  • Se proporciona un certificado al donante para respaldar la donación.
  • Solo en el régimen ordinario se aplica un descuento tributario del 25% a las donaciones.

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Casos especiales sobre operaciones que no se facturan″.

Accede ahora en nuestro canal youtube.com/@actualicesevideo

Accede al consultorio completo en Casos especiales sobre operaciones que no se facturan.

Todo lo relacionado sobre sistema de facturación electrónica y documentos equivalentes: Dian expide nueva resolución lo encuentras en el análisis:

👉 En Actualícese Video puedes encontrar conferencias, charlas, tips y cápsulas de información para aprender y actualizarte diariamente.

🚀 Suscríbete a nuestro canal Actualícese Video aquí: http://actualice.se/ytvideo/

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,