Responde conferencista: Diego Guevara
¿Cómo se debe informar en la declaración de renta la venta de un bien raíz deteriorado cuyo precio de venta fue inferior al costo fiscal?
Preguntas resueltas 31 de marzo de 2022
En el siguiente video, nuestro conferencista Diego Guevara Madrid, destacado tributarista y líder de investigación en impuestos de Actualícese, explica cómo se debe informar en la declaración de renta la venta de un bien raíz deteriorado.
De acuerdo con lo expuesto por el conferencista Diego Guevara Madrid, si una persona tiene un bien raíz, el cual se encuentra afectado por sucesos como inundaciones, incendios, algún deterioro o abandono, y por esta razón se ve obligado a venderlo por un valor menor al costo, al momento de elaborar la declaración de renta debe limitar el costo hasta el precio de venta para no formar una pérdida dentro de la declaración, de acuerdo a lo que establece el inciso 4 del artículo 90 del Estatuto Tributario:
En el caso de bienes raíces, además de lo previsto en esta disposición, no se aceptará un precio inferior al costo, al avalúo catastral ni al autoavalúo, sin perjuicio de la posibilidad de un valor comercial superior. En los casos en que existan listas de precios, bases de datos, ofertas o cualquier otro mecanismo que permita determinar el valor comercial de los bienes raíces enajenados o transferidos, los contribuyentes deberán remitirse a los mismos. Del mismo modo, el valor de los inmuebles estará conformado por todas las sumas pagadas para su adquisición, así se convengan o facturen por fuera de la escritura o correspondan a bienes o servicios accesorios a la adquisición del bien, tales como aportes, mejoras, construcciones, intermediación o cualquier otro concepto.