Dian expide la Resolución 000078 de 2020, mediante la cual se establece, para el año gravable 2020 y siguientes, el contenido, características técnicas y plazos para la presentación de la información que deben suministrar las instituciones financieras en cumplimiento de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, en relación con el intercambio automático de información.
Así, esta resolución indica que dicho reporte deberá ser presentado a más tardar el primer día hábil del mes de junio de cada año.
La corrección de la información reportada puede ser realizada de manera voluntaria en cualquier momento posterior a la presentación inicial.
DIAN
Resolución 000078
Julio 16 de 2020
Dian expide la Resolución 000078 de 2020, mediante la cual se establece, para el año gravable 2020 y siguientes, el contenido, características técnicas y plazos para la presentación de la información que deben suministrar las instituciones financieras en cumplimiento de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, en relación con el intercambio automático de información.
Anexos