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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención en la fuente después de la Ley de financiamiento 1943 de 2018


Actualizado: 12 febrero, 2019 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta: 

¿Qué novedades introdujo la Ley de financiamiento 1943 de 2018 respecto a las retenciones en la fuente? 

Resueltas en enero 31 de 2019 

Dentro de los cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018 en materia de retención en la fuente están:

  • A partir de 2019, a la totalidad del precio de venta de los bienes inmuebles nuevos o usados diferentes a predios rurales que superen las 26.800 UVT, se deberá aplicar la tarifa del 2 % del impuesto nacional al consumo –INC–. Según el proyecto de decreto presentado por el Ministerio de Hacienda el 24 de enero de 2019, mediante el cual se adicionaría el artículo 1.3.3.1.7 al Decreto 1625 de 2016, el porcentaje del impuesto sería retenido por los notarios y administradores de fiducias y fondos de capital privado o inversión colectiva.
  • Cuando adquieran bienes o servicios gravados de personas que se encuentren en el régimen simple de tributación, los responsables del IVA deberán actuar como agentes de retención a título del IVA (numeral 9 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario –ET–, adicionado por el artículo 6 de la Ley 1943 de 2018).
  • Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación no están sujetos a retención en la fuente, ni están obligados a practicar retenciones y autorretenciones. Esto sin perjuicio de lo establecido en el numeral 9 del artículo 437-2 del ET (artículo 911 del ET).
  • Los dividendos y participaciones pagadas o abonadas en cuenta a sociedades nacionales, derivadas de utilidades consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, estarán sujetas a retención en la fuente a una tarifa del 7,5 % (artículo 242-1 del ET, adicionado por el artículo 50 de la Ley 1943 de 2018).
  • La Ley de financiamiento efectuó varias modificaciones a las normas del ET que rigen el impuesto de renta y su retención en la fuente para personas naturales residentes que perciben rentas de trabajo (laborales y no laborales).

Para leer más sobre este tema, vaya al análisis Retención en la fuente sobre rentas de trabajo luego de la Ley de financiamiento de 2018

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