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Retención en la fuente por compras 2025: valor mínimo establecido en Colombia


La cuantía mínima de retención en la fuente a título de renta por concepto de compras es de 27 UVT. El valor de la UVT fijado por la Dian para 2025 es de $49.799.

Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.

La retención en la fuente es el mecanismo mediante el cual el Estado pretende recaudar gradualmente ciertos impuestos, en lo posible dentro del mismo ejercicio en el que se causan. Así lo indica el artículo 367 del Estatuto Tributario –ET–.

En este sentido, es importante destacar que el mecanismo de retención en la fuente entra en vigor a partir de un monto mínimo legalmente establecido para cada tipo de transacción.

Anteriormente la cuantía mínima para aplicar la retención en la fuente a todos los pagos o abonos en cuenta, susceptibles de constituir ingreso tributario para quien lo recibe, se encontraba expresada en pesos en el Decreto 1512 de 1985, cuyo artículo 5 señala que se exceptuaban de la retención los pagos inferiores a $20.000.

Sin embargo, el artículo 51 de la Ley 1111 de 2006, que adicionó el artículo 868-1 al ET, incluyó valores absolutos reexpresados en UVT.

Mediante dicha adición se acordó que la cantidad mínima de $20,000, establecida para la aplicación de la retención en compras (en general y otros conceptos), equivaldría a 27 unidades de valor tributario –UVT–.

En tal sentido, dado que la Dian, a través de la Resolución 000193 de diciembre 04 de 2024, fijó en $49.799 el valor de la UVT que regirá en 2025, la cuantía mínima a partir de la cual se deberá practicar retención en la fuente a título de renta por compras durante el año gravable 2025 es de $1.345.000 (27 UVT calculadas a un valor de $49.799 cada una).

Base en UVT

Valor de la UVT 2025

Cuantía mínima de retención en la fuente por compras 2025

27 UVT

$49.799

$1.345.000

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