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Retiros de inventarios por pérdidas o hurto y el ajuste del IVA que se había tomado como descontable


IVA

El parágrafo del artículo 486 del ET establece que solo en algunos casos se deberá disminuir el valor del IVA descontable que inicialmente se había aplicado a los inventarios que luego terminan siendo hurtados, perdidos o castigados.

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