Conoce las prestaciones sociales y la seguridad social para trabajadores que laboran por horas, días o jornada incompleta.
En nuestro Informe Especial Trabajadores por días, horas o jornada incompleta: Seguridad social y prestaciones sociales.
Hoy por hoy es necesario para quienes se encargan de contratar o de seleccionar personal para las organizaciones, conocer todo lo relacionado sobre cómo debe ser la seguridad social y las prestaciones sociales de estos trabajadores.
Por lo anterior, en Actualícese te explicamos todos los puntos relacionados con la afiliación del trabajador por días u horas al sistema de seguridad social, así como el cálculo del IBC para trabajadores por días y pago de vacaciones para el trabajador de tiempo parcial.
Cabe recordar que los trabajadores, independientemente de su modalidad contractual o el tiempo que dediquen a la prestación del servicio, deben gozar de garantías mínimas, las cuales son irrenunciables.
Si deseas conocer detalladamente cada uno de los procedimientos que debe tener en cuenta para prestaciones sociales y seguridad social de trabajadores por días u horas, te invitamos a mirar nuestro Informe Especial Trabajadores por días, horas o jornada incompleta: Seguridad social y prestaciones sociales.
Recuerda que existen trabajadores que laboran por días, por horas o durante una jornada inferior a la máxima legal, ellos cuentan con todas las garantías laborales, toda vez que la ley en ese sentido no es excluyente frente al reconocimiento de las prestaciones a las cuales tienen derecho.
Si deseas conocer mucho más te invitamos a mirar nuestro Informe Especial Trabajadores por días, horas o jornada incompleta: Seguridad social y prestaciones sociales.
Es necesario mencionar que, el Ministerio del Trabajo, por medio del Concepto bajo radicado número 02EE2018410600000055370 de 2018, recordó que tanto los trabajadores de tiempo completo, como también los trabajadores de tiempo incompleto cuentan con beneficios, pero ¿son los mismos beneficios los que se aplican para ambos trabajadores? Conozca la respuesta aquí.
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