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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sociedades que obtuvieron pérdida en 2021 y la retención trasladable sobre dividendos


retención trasladable
Actualizado: 21 enero, 2022 (hace 3 años)

El artículo 242-1 del ET y el Decreto 1457 de 2020 exigen practicar una “retención trasladable” del 7,5 % a los dividendos no gravados entregados a la mayoría de las sociedades del régimen ordinario.

Si la sociedad que recibió el dividendo arroja pérdida, la retención se convertirá en gasto no deducible.

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