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Superfinanciera certificó el interés bancario corriente para julio de 2024


Actualizado: 2 julio, 2024 (hace 5 meses)

La Superfinanciera certificó el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, y demás, para julio de 2024.

Con base en la información reportada por los establecimientos de crédito, la Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Resolución 1308 de 2024 por medio de la cual se certifica el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 31 de mayo al 21 de junio de 2024, se certifica en 19,66 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de julio de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 90 puntos básicos (-0,90 %) frente a la vigente en junio de 2024 (20,56%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 31 de mayo al 21 de junio de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad

Efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto

26,62 %

Crédito productivo rural

18,65 %

Crédito productivo urbano

35,84 %

Crédito popular productivo rural

49,60 %

Crédito popular productivo urbano

57,16 %

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 31 de julio de 2024.

Tasas no certificadas por la SFC basadas en el interés bancario corriente

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Modalidades de crédito

Interés remuneratorio

y de mora

(efectivo anual)

Usura

(efectivo anual)

Crédito de consumo y ordinario

29,49 %

29,49 %

Crédito productivo de mayor monto

39,93 %

39,93 %

Crédito productivo rural

27,98 %

27,98 %

Crédito productivo urbano

53,76 %

53,76 %

Crédito popular productivo rural

74,40 %

74,40 %

Crédito popular productivo urbano

85,74 %

85,74 %

Fuente: Superfinanciera.

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