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La Supersociedades realiza una serie de aclaraciones enfocadas a las personas naturales comerciantes que tengan o no establecimientos de comercio.
La Supersociedades publicó el Concepto 220-178431 del 22 de julio de 2024, en el cual resuelve una inquietud sobre lo que deben tener en cuenta los comerciantes sobre el Rues y el RUT.
Las personas naturales comerciantes que tengan o no establecimientos de comercio, ¿pueden ejercer actividades fuera de lo establecido en los códigos CIIU que tengan registrados en su registro mercantil o en su RUT?
La entidad recuerda que en su Circular 100-000002 del 25 de abril de 2022 se impartieron una serie de instrucciones a las cámaras de comercio:
En el formulario del RUES se permite la inscripción de hasta cuatro actividades económicas bajo el CIIU: uno para la actividad principal y tres 3 para secundarias.
Sin embargo, esto no impide que las personas naturales comerciantes puedan adelantar otras actividades secundarias lícitas en cumplimiento con las normas legales.
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