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Actualizado: 16 enero, 2025 (hace 21 horas)

Aquí encontrarás 2 tablas en Excel con los conceptos más relevantes de las tarifas de retención en la fuente a título de renta por el AG 2025, discriminadas con sus cuantías mínimas en UVT y en pesos.

Conocerás los porcentajes a retener en compras, servicios, arrendamientos, honorarios, dividendos, etc.

Es importante distinguir entre los pagos que están o no sujetos a retención en la fuente; por ejemplo, el artículo 369 del ET indica los rubros a los cuales no se les deberá aplicar dicho impuesto:

  1. Los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a los no contribuyentes no declarantes (a los que se refiere el artículo 22 del ET), las entidades no contribuyentes declarantes (a las que hace referencia el artículo 23 del ET) y las entidades que se encuentren intervenidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Tampoco habrá lugar a la autorretención en la fuente a título de impuesto sobre la renta.
  2. Los pagos o abonos en cuenta que por disposiciones especiales estén exentos en cabeza del beneficiario.
  3. Los pagos o abonos en cuenta respecto de los cuales deba hacerse retención en la fuente, en virtud de disposiciones especiales, por otros conceptos.
retención en la fuente

Declaración de retención en la fuente

El artículo 1.6.1.13.2.33 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de 2023, establece el plazo y periodicidad para el pago y la declaración mensual de la retención en la fuente.

Te recomendamos ingresar a nuestro portal para conocer las versiones del Calendario tributario 2025 que tenemos disponibles y así evitar sanciones.

La declaración y pago de retención en la fuente y/o autorretención por concepto del impuesto de renta y complementario, del impuesto de timbre y del IVA se realizará en el formulario 350 prescrito por la Dian con la Resolución 000031 de febrero 29 de 2024.

Tablas en Excel de retención en la fuente por renta para el año fiscal 2025

Te compartimos los conceptos más relevantes de las tarifas de retención en la fuente 2025, discriminadas con sus cuantías mínimas en UVT y en pesos, como:

Por último, podrás descargar automáticamente el PDF tan solo dando clic en el botón que hemos ubicado dentro de la hoja de cálculo «Tabla retefuente 2025».

Te invitamos a escuchar de primera mano al Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, quien explica en qué consisten los pagos no sujetos a retención en la fuente:

Términos y condiciones

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario. 

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