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Las reuniones del máximo órgano social en sociedades comerciales (asamblea de accionistas o junta de socios) y del órgano de dirección en propiedad horizontal (asamblea de copropietarios) deben realizarse mínimo una vez al año, en la fecha fijada en los estatutos sociales o en el reglamento interno, según corresponda.
Conoce los pormenores para llevar a buen término cada una de estas reuniones.
La asamblea de copropietarios es la instancia en la que los copropietarios de un conjunto o edificio se reúnen para tomar decisiones importantes relacionadas con la dirección de la propiedad horizontal.
Descubre cuáles son las sanciones por no asistir a la asamblea ordinaria.
En esta conferencia, Félix David Romero recuerda que la principal responsabilidad que tiene el administrador de una propiedad horizontal es convocar a la asamblea a reuniones ordinarias o extraordinarias y en ellas someter a su aprobación el inventario y balance general de las cuentas del año anterior. De igual forma, debe presentar un presupuesto detallado […]
Bajo el argumento de proteger los derechos de los copropietarios de una propiedad horizontal, se radicó un proyecto de ley con el que se busca reglamentar el procedimiento para imponer multas por inasistencia injustificada a la asamblea general de propietarios.
La ley establece una serie de plazos y condiciones para llevar a cabo la reunión del máximo órgano social o del órgano de dirección de una propiedad horizontal.
Te contamos de manera minuciosa cómo llevar a buen término una asamblea de accionistas o junta de socios y una asamblea de copropietarios.
Cuando una persona no puede asistir a una asamblea de copropietarios, podrá delegar a un tercero para que participe en su nombre. Sin embargo, es indispensable realizar formalmente el encargo mediante un poder de representación.
Aquí encontrarás un modelo editable que te permitirá realizar este proceso.
Según el artículo 39 de la Ley 675 de 2001, la convocatoria a la asamblea general de copropietarios debe efectuarse mediante comunicación escrita a cada copropietario y es responsabilidad del administrador.
Este modelo de acta de asamblea de copropietarios, elaborado conforme a los lineamientos de la Ley 675 del 2001, te permitirá dejar constancia de las decisiones aprobadas por los copropietarios de cada propiedad horizontal.
Conoce los temas más importantes que deben ser tratados en dicha reunión.
Compartimos esta Herramienta Interactiva que sirve de guía para realizar el presupuesto de copropiedad o edificio residencial. Incluimos un detalle del cálculo de la cuota de administración, una variedad de informes que podrás obtener fácilmente y la relación de diferente material relacionado.
El CTCP indica aspectos clave sobre la baja en cuentas de las copropiedades.
Cuando existen propietarios que adeudan cuantías a la copropiedad, ¿puede la asamblea autorizar la baja en cuenta de cartera?, ¿cuál es la responsabilidad del revisor fiscal en este escenario?
Lo analizamos aquí.
En esta conferencia, Félix David Romero explica detalladamente, basándose en la normatividad del Código de Comercio, una serie de recomendaciones a tener en cuenta para realizar las asambleas de copropietarios. Toca temas como las clases de asamblea, la forma correcta de realizar la convocatoria, quorum y votación, los poderes, el reglamento y las multas, entre […]
Según afirma Félix David Romero, pensar que la cuota de administración se debe fijar con el incremento del IPC o del smmlv puede colocar en riesgo el patrimonio de la copropiedad.
Lo ideal sería que su aumento fuese mínimo con el IPC, pero la realidad nos deja ver que esto es una utopía.