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La Ley 2277 de 2022 introdujo un nuevo concepto innovador en materia fiscal, denominado “tributación por presencia económica significativa en Colombia”.
Este concepto se une al mecanismo adoptado por el Gobierno para luchar contra la evasión y elusión fiscal.
Conoce en qué consiste esta medida.
La Ley 2277 de 2022 modificó la deducción de impuestos pagados prevista en el artículo 115 del ET, eliminando la posibilidad de tomar como descuento tributario el impuesto de industria y comercio pagado.
Además, se realizaron precisiones con respecto a otras deducciones en el impuesto de renta.
Para la elaboración de la declaración de renta y la declaración del SIMPLE se deberán tomar en cuenta los cambios introducidos con las normativas del año 2021, tales como las leyes 2099, 2133 y 2155 de 2021.
Igualmente, varias resoluciones recientes de la Dian y algunas normas de la Ley 2277 de 2022.
A partir del AG 2023 no se permitirá tomar como deducción en renta los valores por concepto de regalías por explotación de recursos naturales no renovables.
Además, se eliminó la opción que permitía usar como un descuento tributario el 50 % del impuesto de industria y comercio pagado durante el año.
Con los impuestos saludables el Gobierno pretende promover estilos de vida saludables y prevenir enfermedades como la obesidad y la diabetes.
Según una encuesta de Mobimetrics, el 71 % de las personas disminuirán el consumo de bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados debido al aumento de precio.
Las modificaciones introducidas a los artículos 240 y 240-1 del ET implicarán la utilización de nuevas tarifas, la desaparición de otras, la liquidación de nuevas sobretasas y la realización del nuevo cálculo de “tasa mínima de tributación” para las personas jurídicas.
Conoce aquí todos los detalles.
Continuando con el tema de la tasa de tributación depurada –TTD- planteada en la reforma tributaria, en esta conferencia, Mauricio Cárdenas Ríos explica quiénes no están obligados a aplicarla. No están obligadas aquellas empresas constituidas y ubicadas bajo el régimen Zomac, disposición normativa introducida en la Ley 1819 de 2016. Estas aplicarán una tarifa progresiva […]
En esta conferencia, Mauricio Cárdenas explica que la tasa de tributación depurada –TTD- es un mecanismo de tributación implementado por el Gobierno nacional sobre el cual se establece un cálculo para los contribuyentes del impuesto de renta. Lo anterior, cuando de conformidad con las nuevas disposiciones previstas la tasa de tributación sea inferior al 15 […]
Con el Concepto 1286 de 2022, la Dian respondió varios interrogantes relacionados con el tratamiento fiscal de la venta de inmuebles destinados a viviendas de interés prioritario –VIP– o de interés social –VIS–.
A diferencia de la sobretasa que se liquidó por los años 2020 y 2021, la que se liquide por el año gravable 2022 ya no tendrá destinación especial.
Además, es importante que la Dian revise la ubicación que le da a la sobretasa dentro del formulario 110 empleado en la declaración del impuesto de renta.
Con el Oficio 1119 de 2022, la Dian aclaró que los contribuyentes únicamente pueden imputar en su declaración del impuesto de renta y complementario el valor de las autorretenciones efectivamente pagadas.
Mediante la Sentencia C-305 de 2022 la Corte Constitucional determina que la factura del impuesto de renta emitida por la Dian pierde fuerza ejecutoria y, por tanto, no podrá usarse como título ejecutivo para efectos de cobro coactivo, siempre que el contribuyente presente oportunamente su declaración privada, incluyendo sus propios reportes al sistema de facturación electrónica cuando esté obligado.