Las personas naturales pueden imputar en su declaración de renta los costos y gastos incurridos para la adquisición de bienes o prestación de servicios relacionados con su actividad económica.
Es indispensable la relación de causalidad y de necesidad de estos con la actividad que se desarrolla.
En agosto 8 de 2022, fue radicado ante el Congreso el proyecto de reforma tributaria para la igualdad y la justicia social del Gobierno del presidente Gustavo Petro.
Entre sus propuestas está la posible modificación al impuesto de renta de las personas naturales.
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El 8 De agosto de 2022 fue radicado el proyecto de reforma tributaria para la igualdad y justicia social del Gobierno del presidente Gustavo Petro.
Uno de los pilares de esta reforma es el impuesto a personas naturales.
Los asalariados que ganen más de 10 millones de pesos mensuales tendrán que pagar más impuesto. Los que reciban menos ingresos no se verán afectados.
Con el Concepto 1014 de 2022, la Dian se pronunció sobre el tratamiento tributario en materia del impuesto sobre la renta para ingresos percibidos para financiar proyectos científicos, tecnológicos o de innovación.
Las personas naturales pueden tomar en su declaración de renta ciertas deducciones contempladas en la norma, entre ellas la deducción de algunos intereses pagados durante el respectivo año.
Sin embargo, no todos los intereses pueden ser tratados como deducibles.
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Las sucesiones ilíquidas hacen referencia a los bienes y obligaciones de una persona natural fallecida que no han sido distribuidos entre sus herederos.
Estas deberán presentar la declaración de renta siempre y cuando cumplan los requisitos para estar obligados a declarar.
Las personas naturales obligadas a presentar la declaración de renta deberán reportar todos los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos durante el período gravable 2021.
No obstante, algunos ingresos requieren de un tratamiento especial dentro de la declaración.
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Con el objetivo de facilitar la presentación y pago de la declaración del impuesto de renta de las personas naturales, la Dian habilitó las herramientas necesarias para que cerca de 4,5 millones de contribuyentes cumplan con esta obligación.
En esta infografía las describimos.
Entre agosto 9 y octubre 19 de 2022, las personas naturales deberán presentar la declaración de renta del año gravable 2021, ya sea de forma presencial o virtual, según su obligación.
Dicha declaración solo podrá ser diligenciada mediante una cuenta de usuario habilitada en el portal de la Dian.
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