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En virtud de los principios de eficiencia y eficacia de la administración pública, se hace necesario modificar los requisitos que deben cumplir los obligados a facturar que soliciten autorización, habilitación y/o inhabilitación de numeración de las facturas y/o documento equivalente ante la Dian. Cabe resaltar que la entidad en mención podrá prescribir que determinados contribuyentes o sectores adopten sistemas técnicos razonables para el control de su actividad productora de renta, según lo establecido en el artículo 684-2 del ET.
Por lo anterior, el 15 de febrero de 2019 la Dian, mediante la Resolución 000013 de 2019, introdujo modificaciones en lo relacionado con el trámite de solicitud de autorización, habilitación y/o inhabilitación de numeración de las facturas ante la Dian, al igual que las medidas en caso de inconvenientes tecnológicos y/o de tipo comercial al momento de expedir facturas.
El 15 de febrero de 2019 la Dian expidió la Resolución 001122, por la cual habilitó a las personas naturales, jurídicas y demás sujetos que de manera voluntaria hayan optado por ser facturadores electrónicos. A su vez establece que la coordinación de administración del RUT de la Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente deberá actualizar el RUT de los contribuyentes habilitados con la responsabilidad número 38 “Facturador electrónico voluntario”. Cabe resaltar que la presente norma rige a partir de su publicación en la página web de la Dian.
La Dian dio a conocer el proyecto de resolución por el cual se modificarían los requisitos de algunos obligados a facturar electrónicamente, y las medidas en caso de inconvenientes tecnológicos y/o de tipo comercial con la factura electrónica. En virtud de los principios de eficiencia y eficacia de la administración pública, se hace necesario modificar […]
El recaudo bruto de impuestos alcanzó en enero los 17,1 billones de pesos, lo que representa una variación de 5,8 % respecto a enero de 2018, cuando se recaudó la suma de 16,1 billones de pesos.
El 7 de febrero de 2019 la Dian expidió la Resolución 000012, mediante la cual prescribe y habilita los formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes y responsables para el 2019 de los impuestos administrados por la entidad en mención. Cabe resaltar que en el formulario 350 para retenciones en la fuente del 2019 solo se incluyó el renglón 84 para reportar las retenciones en la fuente a título de impuesto nacional al consumo (establecida por la Ley de financiamiento), pero no se adicionó el renglón especial para reportar las devoluciones de la retención en la fuente antes mencionada. A su vez, en dicho formulario se crearon los renglones 48 y 73, en los cuales se reportarán las autorretenciones a título de renta que se pueden practicar de forma voluntaria los productores de hidrocarburos y otros productos mineros cuando se acojan a lo contemplado en el Decreto 2146 de 2018.
DIAN Concepto 2879 Febrero 06 de 2019 *** Ref: Radicado 045288 del 27/12/2018 De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008, en ejercicio de funciones relacionadas con la interpretación y aplicación de las normas tributarias de competencia de la DIAN. Adición al Concepto General Unificado no. 0481 del 27 de abril de 2018 […]
La Dian, mediante la Circular 000002, da a conocer el promedio de transacciones de los diferentes títulos que se transan en la bolsa, transacciones realizadas en el mes de diciembre de 2018.
Ley de financiamiento establece que la Dian puede ampliar su planta de personal y fortalecerse institucionalmente. Decretos reglamentarios se esperan para antes de junio de 2019.
La Dian informó a las Esal pertenecientes al régimen tributario especial –RTE– y entidades del sector cooperativo –Escoop– que deben realizar el proceso de actualización del registro web.
El 27 de febrero de 2019 la Dian expidió el Concepto 4834 de 2019, mediante el cual establece que la transferencia de un bono o título evaluable en dinero a un beneficiario para que este lo haga efectivo no causa el impuesto sobre las ventas. No obstante, una vez dicho beneficiario disponga del bono adquiriendo bienes, estos pueden estar o no gravados con el IVA, de acuerdo con las normas del ET.
La Dian también reitera que, en relación con el derecho contenido en un título o bono evaluable en dinero, este no causa el impuesto sobre las ventas, por cuanto es un derecho. Caso diferente son los bienes adquiridos con ese bono, los cuales pueden estar gravado o no con el impuesto en mención.
La Dian dio a conocer el proyecto de resolución, por el cual delegaría a la Dirección de gestión de aduanas, la función de expedir los actos administrativos para la autorización como Operadores Económicos Autorizados –OEA– Mediante el presente proyecto de resolución la Dian busca darle cumplimiento a los principios de eficacia, economía y celeridad de […]
La Dian dio a conocer el Proyecto de Resolución por el cual pretende señalar las reglas y validaciones aplicables a la factura electrónica con validación previa. El 10 de diciembre de 2018 la Dian dio a conocer el proyecto de resolución, por el cual pretende adoptar las reglas y validaciones aplicables a la factura electrónica […]