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Los proveedores tecnológicos habilitados por la Dian para prestar el servicio de facturación electrónica deberán cumplir las obligaciones contempladas en el nuevo texto del artículo 616-4 del Estatuto Tributario, entre las que se encuentra la transmisión de las facturas a la Dian para su validación.
Una empresa que emite 200 facturas al mes podría ahorrar hasta 10,9 billones de pesos al final del año, implementando la factura electrónica. Minimizar procesos manuales, agilizar el envío de documentos electrónicos, digitalizar la información, y hasta cuidar el medio ambiente son otros beneficios.
Los proveedores tecnológicos habilitados para ofrecer los servicios inherentes a la elaboración y control de las facturas electrónicas deberán tener presente las obligaciones e infracciones en las que pueden incurrir en el ejercicio de su actividad, de conformidad con el artículo 17 de la Ley 1943 de 2018.
La Dian dio a conocer el Proyecto de Resolución por el cual pretende señalar las reglas y validaciones aplicables a la factura electrónica con validación previa. El 10 de diciembre de 2018 la Dian dio a conocer el proyecto de resolución, por el cual pretende adoptar las reglas y validaciones aplicables a la factura electrónica […]
Con la aprobación de la Ley 1943 de 2018, el pasado 28 de diciembre, por medio del artículo 16 de esta norma, se efectuaron cambios al artículo 616-1 del ET, modificando los aspectos relativos al inicio de la facturación electrónica a partir del año 2019.
Las personas o entidades que sean comerciantes, aquellos que ejerzan profesiones liberales, entre otros, están en la obligación de expedir factura electrónica. De igual manera, se debe estudiar muy bien la Ley 1819 de 2016 para conocer quienes también estarán sujetos a los nuevos lineamientos del proceso de facturación.
Hoy, jueves 28 de junio, se llevará a cabo una conferencia sobre factura electrónica para dar a conocer a los contribuyentes la regulación y condiciones técnicas para facturar electrónicamente.