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En virtud de los principios de eficiencia y eficacia de la administración pública, se hace necesario modificar los requisitos que deben cumplir los obligados a facturar que soliciten autorización, habilitación y/o inhabilitación de numeración de las facturas y/o documento equivalente ante la Dian. Cabe resaltar que la entidad en mención podrá prescribir que determinados contribuyentes o sectores adopten sistemas técnicos razonables para el control de su actividad productora de renta, según lo establecido en el artículo 684-2 del ET.
Por lo anterior, el 15 de febrero de 2019 la Dian, mediante la Resolución 000013 de 2019, introdujo modificaciones en lo relacionado con el trámite de solicitud de autorización, habilitación y/o inhabilitación de numeración de las facturas ante la Dian, al igual que las medidas en caso de inconvenientes tecnológicos y/o de tipo comercial al momento de expedir facturas.
El 15 de febrero de 2019 la Dian expidió la Resolución 001122, por la cual habilitó a las personas naturales, jurídicas y demás sujetos que de manera voluntaria hayan optado por ser facturadores electrónicos. A su vez establece que la coordinación de administración del RUT de la Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente deberá actualizar el RUT de los contribuyentes habilitados con la responsabilidad número 38 “Facturador electrónico voluntario”. Cabe resaltar que la presente norma rige a partir de su publicación en la página web de la Dian.
David Ortiz, presidente de Siigo asegura en entrevista con Actualícese que la factura electrónica, además de combatir la evasión, es un trampolín para que los empresarios utilicen la tecnología en sus negocios y así den un primer paso tecnológico para ser más competitivos.
Los proveedores tecnológicos habilitados por la Dian para prestar el servicio de facturación electrónica deberán cumplir las obligaciones contempladas en el nuevo texto del artículo 616-4 del Estatuto Tributario, entre las que se encuentra la transmisión de las facturas a la Dian para su validación.
Una empresa que emite 200 facturas al mes podría ahorrar hasta 10,9 billones de pesos al final del año, implementando la factura electrónica. Minimizar procesos manuales, agilizar el envío de documentos electrónicos, digitalizar la información, y hasta cuidar el medio ambiente son otros beneficios.
Los proveedores tecnológicos habilitados para ofrecer los servicios inherentes a la elaboración y control de las facturas electrónicas deberán tener presente las obligaciones e infracciones en las que pueden incurrir en el ejercicio de su actividad, de conformidad con el artículo 17 de la Ley 1943 de 2018.
La Dian dio a conocer el Proyecto de Resolución por el cual pretende señalar las reglas y validaciones aplicables a la factura electrónica con validación previa. El 10 de diciembre de 2018 la Dian dio a conocer el proyecto de resolución, por el cual pretende adoptar las reglas y validaciones aplicables a la factura electrónica […]
Con la aprobación de la Ley 1943 de 2018, el pasado 28 de diciembre, por medio del artículo 16 de esta norma, se efectuaron cambios al artículo 616-1 del ET, modificando los aspectos relativos al inicio de la facturación electrónica a partir del año 2019.
Las personas o entidades que sean comerciantes, aquellos que ejerzan profesiones liberales, entre otros, están en la obligación de expedir factura electrónica. De igual manera, se debe estudiar muy bien la Ley 1819 de 2016 para conocer quienes también estarán sujetos a los nuevos lineamientos del proceso de facturación.
Hoy, jueves 28 de junio, se llevará a cabo una conferencia sobre factura electrónica para dar a conocer a los contribuyentes la regulación y condiciones técnicas para facturar electrónicamente.